La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a la compañía eléctrica Endesa a indemnizar con 231.813,18 euros a un productor agrícola de Vélez-Málaga por los daños causados en su cosecha al suspender el suministro. Pese a que el corte programado se avisó por medio de un cartel, los magistrados consideran que se hizo "con vaguedad" e "imprecisión ", calificando el anuncio de "adivinanza, acertijo o enigma".
La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, confirma así una anterior del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vélez-Málaga que dio la razón a la empresa Producción Agrícola Integrada S.L., al considerar que Endesa no tomó las precauciones necesarias para avisar de la interrupción del servicio a los afectados.
Los hechos ocurrieron el 16 de marzo de 2006, hace casi cinco años, cuando la compañía procedió a cortar la luz entre las 8.00 y las 14.30 horas de ese domingo. Según la primera sentencia, que Endesa recurrió ante la Audiencia, la compañía colocó un cartel en la zona e insertó un anuncio en varios periódicos, advirtiendo de la interrupción del suministro en varias fincas y los "alrededores", sin que apareciera el nombre de la empresa demandante.
La compañía eléctrica entiende que el aviso se formuló correctamente al haber incluido el término "alrededores", pero sin embargo la Sección Cuarta considera ahora que la empresa está obligada a expresar en los carteles "los parajes a los que va a afectar la interrupción".
Adivinanza o enigma
"La finca es de diez hectáreas, es decir, 100.000 metros cuadrados, por lo que tan destacada finca y paraje, no debió tener encaje en el socorrido término alrededores, que por su vaguedad, imprecisión e inconsistencia no tenía aptitud ni siquiera para posibilitar un potencial conocimiento de lo que se avecinaba, pues más que un anuncio parece una adivinanza, acertijo o enigma", señala la sentencia, que ya es firme.
Además, los magistrados consideran que el cartel debió incluir el nombre de la finca porque "se trataba de unos invernaderos claramente visibles, y con un potencial de riesgo dañoso por la interrupción del suministro que a nadie podía escapar, por lo que la negligencia fue manifiesta", y le recuerda a Endesa que no puede confeccionar los anuncios "arbitrariamente". De esta forma, la Audiencia confirma íntegramente la anterior sentencia condenando a la empresa al pago de 231.813,18 euros como indemnización por los productos que perdió el productor y que no pudo comercializar.
El letrado del productor, Carlos David Delgado Martín, ha mostrado su "satisfacción" por el fallo de la Audiencia, que también condena a Endesa a abonar los intereses legales y las costas del procedimiento. El letrado ha recordado que presentó en el juicio oral un informe pericial en el que acreditó que ninguna de las fincas que aparecían en los anuncios era colindante con la de su cliente y que la más próxima está a 662,89 metros, habiendo entre ambas dos fincas más.
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