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Uno de los puntos en
que con mayor frecuencia se confunden los usuarios de computadoras, es
en el tipo de licencia que ofrece el software. Estas licencias básicamente son un contrato entre el autor del programa y el usuario, y comprenden una serie de términos y cláusulas que el usuario deberá cumplir para usar el mismo.
Esto rige en todos los programas, comerciales, o libres y gratuitos, pero en este último caso, las condiciones siempre están a favor del usuario final.
En este artículo intentaremos echar un poco de luz sobre el asunto, lo que nos permitirá conocer las diferentes tipos de licencia con que se distribuye el software que usamos.
Software Libre o Free Software
Es un software disponible para cualquiera que desee utilizarlo, copiarlo y distribuirlo, ya sea en su forma original o con modificaciones. La posibilidad de modificaciones implica que el código fuente está disponible. Si un programa es libre, puede ser potencialmente incluido en un sistema operativo también libre. Es
importante no confundir software libre con software gratis, porque la
libertad asociada al software libre de copiar, modificar y redistribuir,
no significa gratuidad. Existen programas gratuitos que no pueden ser modificados ni redistribuidos. Y existen programas pagos.
Copyleft
La mayoría de las licencias usadas en la publicación de software libre permite que los programas sean modificados y redistribuidos.
Estas prácticas están generalmente prohibidas por la legislación
internacional de copyright, que intenta impedir que alteraciones y
copias sean efectuadas sin la autorización del o los autores. Las
licencias que acompañan al software libre hacen uso de la legislación de
copyright para impedir la utilización no autorizada, pero estas
licencias definen clara y explícitamente las condiciones bajo las cuales
pueden realizarse copias, modificaciones y redistribuciones, con el
fin de garantizar las libertades de modificar y redistribuir el
software registrado. A esta versión de copyright, se le da el nombre de
copyleft.
GPL
La Licencia Pública General GNU (GNU General Public License GPL) es
la licencia que acompaña los paquetes distribuidos por el Proyecto GNU,
más una gran varidad de software que incluye el núcleo del sistema
operativo Linux. La formulación de GPL es tal que en vez de limitar
la distribución del software que protege, llega hasta impedir que este
software sea integrado en software propietario. La GPL se basa en la
legislación internacional de copyright, lo que debe garantizar cobertura
legal para el software licenciado con GPL.
Debian
La licencia Debian es parte del contrato realizado entre Debian y la comunidad de usuarios de software libre,
y se denomina Debian Free Software Guidelines (DFSG). En esencia, esta
licencia contiene criterios para la distribución que incluyen, además de
la exigencia de publicación del código fuente: (a) la redistribución
libre ; (b) el código fuente debe ser incluido y debe poder ser
redistribuido; (c) todo trabajo derivado debe poder ser redistribuido
bajo la misma licencia del original; (d) puede haber restricciones en
cuanto a la redistribución del código fuente, si el original fue
modificado; (e) la licencia no puede discriminar a ninguna persona o
grupo de personas, así como tampoco ninguna forma de utilización del
software; (f) los derechos otorgados no dependen del sitio en el que el
software se encuentra; y (g) la licencia no puede 'contaminar' a otro
software.
Open Source
La licencia de Open Source Initiative deriva de Debian.
BSD
La licencia BSD cubre las distribuciones de software de Berkeley Software Distribution, además de otros programas. Ésta
es una licencia considerada 'permisiva', ya que impone pocas
restricciones sobre la forma de uso, alteraciones y redistribución del
software. El software puede ser vendido y no hay obligaciones de
incluir el código fuente. Esta licencia garantiza el crédito a los
autores del software pero no intenta garantizar que las modificaciones futuras permanezcan siendo software libre.
X.org
El Consorcio X distribuye X Window System bajo una licencia que lo hace software libre,
aunque sin adherirse al copyleft. Existen distribuciones bajo la
licencia de la X.org que son software libre, y otras distribuciones que
no lo son. Existen algunas versiones no-libres del sistema de
ventanas X11 para estaciones de trabajo y ciertos dispositivos de IBM-PC
que son las únicas funciones disponibles, sin otros similares que sean distribuidos como software libre.
Software con Dominio Público
El Software con dominio público es software sin copyright.
Algunos tipos de copia o versiones modificadas pueden no ser libres si
el autor impone restricciones adicionales en la redistribución del
original o de trabajos derivados.
Software Semi-libre
El Software semi-libre es un software que no es libre pero permite que otros individuos lo usen, lo copien, lo distribuyan y hasta lo modifiquen.
Ejemplos de software semi-libre son las primeras versiones de Internet
Explorer de Microsoft, o algunas versiones de browsers de Netscape, y
StarOffice.
Freeware
El término freeware no posee una definición ampliamente aceptada, pero es utilizada para programas que permiten la redistribución pero no la modificación, y que incluyen su código fuente. Estos programas no son software libre.
Es un programa gratuito. Sin embargo, no es libre.
En este tipo de licencia el autor puede restringir su programa al uso
empresarial, redistribución no autorizada, modificación por usuarios y
otro tipo de restricciones. (Ejemplos: Internet Explorer, Adobe Flash Player, Windows Live Messenger)
Shareware
Shareware es el software disponible con el permiso para que sea redistribuido, pero su utilización implica el pago. Generalmente, el código fuente no se encuentra disponible, y por lo tanto es imposible realizar modificaciones.
Es un programa distribuido gratuitamente, pero por tiempo limitado o con algunos recursos restringidos. A
través del pago de un valor definido por el autor del programa, se
puede obtener el registro del programa o la versión integral con todos
los recursos. Abarca las licencias adware, trial y demo.
Software Propietario
El
Software propietario es aquel cuya copia, redistribución o modificación
están, en alguna medida, prohibidos por su propietario. Para usar, copiar o redistribuir, se debe solicitar permiso al propietario o pagar.
Software Comercial
Adware
Subprograma que descarga publicidad sobre otro programa principal.
Esto ocurre cuando un programa tiene versiones comerciales o más
avanzadas que necesitan ser compradas para poder ser utilizadas. Pagando
por la versión comercial, esos anuncios desaparecen. Es una licencia
muy poco usada. Un ejemplo es el Ashampoo Burning Studio 2009.
Trial
Versión de programa pago, distribuido gratuitamente con todos los recursos activos, pero por un tiempo determinado.
Es como un programa freeware, que después de determinado tiempo deja de
funcionar. Para continuar con la utilización del programa, se debe
comprar la clave de registro e insertarla en el programa, para que
vuelva a ejecutarse. Ejemplo: Nero, Alcohol 120% y Photoshop.

Demo
Versión de demostración,
liberada por el autor, que no contiene todas las funciones del programa
original. Es distribuida gratuitamente, y no tiene plazo de validez,
pero también tiene pocos recursos y funciones. Ejemplo: Need for Speed
DEMO, Fifa 09 DEMO.
Crippleware
Es un programa con menos recursos y funciones. Muy conocido como "versión lite". Ideal para ser usado en computadoras viejas. Ejemplo: BurnAware Free.
Donationware
Versión de programa en la que el autor solicita una donación,
para cubrir los gastos del desarrollo del programa. No es obligatoria,
pero si solicitada. El programa no sufre variantes por realizar o no la
donación. Ejemplo: FreeRapid Downloader, Linux Slax.
Abandonware
Programa cuyo desarrollo fue abandonado.
El autor debe anunciar públicamente el abandono del programa para ser
abandoware, mientras tanto el programa está protegido contra los
derechos de copia (copyright). Si la discontinuidad es anunciada, el
programa puede ser distribuido y modificado por cualquier usuario o
desarrollador.
"Queda asegurada la tutela de los derechos
relacionados a programas informáticos por el plazo de cincuenta años, a
partir del 1 de enero del año siguiente de su publicación o, en la
ausencia de esta, de su creación."
Licencias bastante extrañas o muy poco utilizadas
Careware
Licencia de programa que solicita la ayuda de donaciones para fondos de caridad y organizaciones de ayuda humanitaria.
Postcardaware (o cardaware)
Tipo de licencia en la que el autor solicita que una tarjeta o postal se le sea enviada. El usuario es sólo invitado a hacer eso. Muy similar al Emailware, en que los usuarios mandan e-mails al autor del programa.