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martes, 8 de abril de 2014

La justicia europea juzga ilegal la norma de conservación de datos

Retener los detalles de todas las comunicaciones electrónicas de los ciudadanos europeos hasta un máximo de dos años atenta contra los derechos fundamentales. El Tribunal de Justicia europeo ha tumbado la directiva comunitaria que desde 2006 obliga a las telefónicas y otras empresas de comunicaciones electrónicas a almacenar los datos personales de los ciudadanos por motivos de seguridad. La Comisión Europea ve así anulado el texto porque constituye “una injerencia de gran magnitud y especial gravedad en los derechos fundamentales” que no se limita “a lo estrictamente necesario”.
El tribunal con sede en Luxemburgo emplea una dura argumentación jurídica para desmontar una norma considerada abusiva desde su creación. Al calor de los atentados terroristas del 11 de marzo de 2004 en Madrid –y posteriormente los de julio de 2005 en Londres-, Bruselas legisló para que esas compañías conservaran los datos de las comunicaciones y los pusieran a disposición de las autoridades nacionales para que rastrearan eventuales amenazas terroristas.
Pese a la rotundidad del juicio, las consecuencias resultan muy ambiguas y, en cierta forma, contradictorias con el espíritu del pronunciamiento de Luxemburgo. Fuentes comunitarias aclaran que la sentencia invalida la directiva europea, pero no las leyes nacionales que se elaboraron para aplicarla. Es decir, los Estados miembros pueden seguir manteniendo su esquema legal de almacenamiento de datos hasta que la Comisión Europea decida hacer otra directiva ajustada al derecho comunitario o hasta que los juzgados de cada país declaren ilegales las normas internas a la luz del fallo del tribunal.
El primer supuesto es improbable a poco más de un mes de las elecciones europeas y con una Comisión sin capacidad ya para plantear nuevas iniciativas. La segunda requiere que ciudadanos o empresas se dirijan a la justicia de sus países para desterrar los marcos nacionales. Esta es la opción más fácil, pues muchas empresas de telecomunicaciones estarán interesadas en revocar la ley para librarse de los costes que supone conservar durante tanto tiempo los detalles de las llamadas. También las asociaciones de consumidores.
La sentencia europea plantea objeciones a todos los elementos de esa norma. El documento señala que los datos almacenados (emisor y receptor de la llamada, localización, duración, fecha y hora, equipo utilizado…) ofrecen indicaciones muy precisas sobre la vida de los ciudadanos. “La directiva se inmiscuye de manera especialmente grave en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal”.
BruselEtri
Tampoco es conforme a derecho el plazo fijado por la directiva para retener los detalles de esas comunicaciones. Se fija una horquilla entre seis y 24 meses, sin que haya una distinción por tipo de delito ni otros “criterios objetivos” que garanticen que esa conservación se limita a lo estrictamente necesario.
Más allá de la ambigüedad en la regulación, el tribunal se queja de que la directiva no previene los riesgos de abuso en el acceso a esos datos ni contra la utilización por parte de terceros. Ni siquiera se garantiza la destrucción de los datos cuando culmina el periodo legal de retención. Por último, la sentencia censura que no sea obligatorio conservar los detalles de esas comunicaciones en territorio de la Unión Europea. Es decir, resulta más fácil que el almacenamiento escape al derecho comunitario si se realiza en servidores, por ejemplo, estadounidenses.
El tribun¡
La sentencia refleja el celo que existe en la Unión Europea a la privacidad de las comunicaciones, una postura recientemente reflejada en la controversia por la revelación de los papeles de Edward Snowden. Inspiradas en las normas antiterroristas que surgieron en Estados Unidos tras los atentados del 11-S, Europa decidió endurecer sus normas sobre el control de las comunicaciones cuando sufrió el golpe de los atentados de radicales islamistas. Numerosas voces han clamado desde entonces contra unas reglas que violaban el derecho a la privacidad, aunque hasta ahora Bruselas no ha accedido a cambiarlas.
El pronunciamiento del tribunal europeo se produce a raíz de una consulta que le plantearon los tribunal superiores de justicia irlandés y austriaco para saber si las medidas de sus respectivos países respetaban el derecho a la vida privada. Ambos organismos decidieron preguntar a Luxemburgo, que con su sentencia invalida ahora un marco que ha estado vigente ocho años.
Digital Rights, la asociación que denunció la norma irlandesa ante la justicia de ese país, se felicita del fallo. “Después de ocho años, esta afrenta a los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos ha sido finalmente declarada ilegal. Ocho años de abusos de datos personales y ocho años de reafirmación de los Estados miembros y de la Comisión diciendo que la medida era legal”, asegura Joe McNamee, director de esta organización de defensa del consumidor en el mundo digital.

¿Qué son los detectores de radar y por qué se multará su uso?

La prohibición de los detectores de radar supone, en realidad, un retorno a la situación que existía hasta 2009. Antes de ese año estaban prohibidos (y por eso se llevaban ocultos dentro de la carrocería o en el compartimento del motor), pero en la reforma de laley de Tráfico aprobada en noviembre de aquel año, en el último momento, no se especificó esa prohibición.
Tampoco se permitió expresamente el uso, pero ese vacío es el que ha permitido que no se pueda multar por su utilización. Ahora ya se recoge una prohibición expresa "por su incompatibilidad con las normas sobre limitación de velocidad y, en general, con las políticas de seguridad vial".
Pero ¿qué diferencias existen entre avisadores, detectores e inhibidores? Técnicamente, mientras el primero es una herramienta pasiva que informa al conductor, los otros dos están continuamente rastreando el entorno del coche. Es decir, el avisador sólo nos indica que unos metros más adelante hay un radar porque esa información procede de una base de datos y nunca sería capaz de descubrir uno móvil escondido o en movimiento a bordo del vehículo que estamos a punto de adelantar.
Esto sí pueden hacerlo tanto un detector como un inhibidor, ya queambos detectan las señales que emite cualquier cinemómetro y, en el caso del segundo, además, las perturbas. Por eso estos últimos siempre han estado prohibidos y su uso multado con extrema dureza (6.000 euros y seis puntos). Una analogía son los sistemas que llevan los coches oficiales o de grandes empresarios para impedir el accionamiento de bombas ocultas, pero que también pueden anular las llaves electrónicas que usan muchos automóviles o un simple mando de garaje.

Aplicaciones de móvil

Avisadores de radar son, por ejemplo, muchas aplicaciones que se descargan para el móvil, aunque también puede ser una funcionalidad más de un sistema de navegación o un aparato a la venta en cualquier centro comercial. Necesitan una conexión GPS pues la información que tienen procede de listas como las que elabora la propia DGT sobre la ubicación de radares fijos, o las que diseñan empresas privadas a partir de un histórico de multas.
En algunos casos, como puede ser el de los dispositivos de la compañía francesa Coyote, sus usuarios forman una comunidad que puede avisarse de la presencia de un control. Basta que el conductor, una vez descubierto el radar, introduzca la alerta en el aparato para que llegue poco después a todos los que circulan por los alrededores.A Tráfico le gustaría poder 'meter mano' también a estos sistemas, pero legalmente es casi imposible, salvo que se castigue la manipulación en marcha.
Los detectores e inhibidores, que son siempre pequeños aparatos, avisan al conductor mediante luces y sonidos, no necesitan GPS, ni pantallas ni bases de datos ya que hacen continuos barridos en distintas frecuencias para detectar las ondas que emiten los radares.

El PP pagó la reforma con dinero negro

Los documentos intervenidos en el registro de la sede del PPcorroboran que el partido pagó parte de las obras de su sede con dinero negro. Así lo sostiene el juez Pablo Ruz en un auto en el que cita a declarar como imputados a tres empleados de Unifica, el despacho de arquitectura que se encargó de la obra.
El juez Ruz sostenía ya esa tesis antes del registro, con los documentos incautados en Unifica. Ahora lo hace "aún con mayor fundamento" al cruzarlos con lo incautado en la sede de la calle Génova en el registro realizado el 20 de diciembre del año pasado.
Ruz indica que el informe definitivo de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (Udef) "permite seguir sosteniendo, aún con mayor fundamento del que ya obrara en la que el conjunto de los elementos objeto de análisis -una vez recabada la totalidad de la documentación que al respecto obraba en la sede del Partido Popular, y puesta en correlación con la documentación en soporte documental y electrónico que fuera incautada en el registro de la mercantil Unifica-, viene a confirmar, a nivel indiciario, la existencia en el seno del Partido Popular de una corriente de cobros y pagos continua en el tiempo, ajena al circuito económico financiero y al margen de la contabilidad remitida por el Partido Popular al Tribunal de Cuentas".
El informe de la UDEF, que analiza la documentación entregada por el PP a Ruz y la que el juez incautó en el registro de la sede de la empresa que hizo la reforma, Unifica, indica que "existía una dualidad en la forma de pago de las obras" por parte del PP, han informado fuente jurídicas.
Ruz, que investiga en una pieza separada del caso Gürtel la supuestacontabilidad B del PP, interrogará como imputados el próximo 7 de mayo Laura Montero, que fue directora de Proyectos de Unifica;María Rey, jefa de la obra; y Claudio Montero, jefe de Proyectos en 2008. También tomará declaración ese mismo día como testigos al ex jefe de Seguridad del PP y cuñado de Bárcenas, Antonio de la Fuente; al cajero de la formación Luis Molero; y las también empleadas de la constructora Ester D'Opazo y Noelia Fernández.
En su auto el juez también pide a la Agencia Tributaria las declaraciones fiscales que presentaron en 2012 Gonzalo Urquijo; su socia, Belén García; Unifica como persona jurídica y las sociedades vinculadas a estos. Pide esta información después de que el informe de la Udef revele que ambos tenían cuentas bancarias en el extranjero y que se acogieron a la denominada amnistía fiscal, liquidando, respectivamente, sendas cuotas de 109.445 euros (un 10% del capital total).
Además, acuerda remitir el informe de policial a los funcionarios de la Agencia Tributaria para que determinen si procede presentar un informe ampliatorio sobre las obras de Génova, al tiempo que solicita las declaraciones originales y los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades que Unifica presentó en el ejercicio de 2008.
Finalmente, el responsable del Juzgado Central de Instrucción número 5 pide a La Caixa y Banca March que faciliten información sobre los contratos que tengan los investigados en estas entidades y comuniquen si son titulares de cajas de seguridad.

Bárcenas, sin mampara con su abogado

El juez Central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, ha dictado una resolución por la que permite al ex ex tesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas reunirse con su abogado Javier Gómez Liaño en un habitáculo de la prisión de Soto del Real (Madrid) sin mampara de por medio para preparar la declaración que prestará el próximo 10 de abril. El juez ha accedido a la petición al valorar las "circunstancias excepcionales" que existen y por las que procede "salvaguardar el derecho de defensa del interno".

A partir del 9 mayo los menores de 16 deberán llevar casco en la bicicleta en ciudad

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes la Ley de Tráfico que entrará en vigor en un mes, por lo que a partir del 9 de mayo los menores de 16 años estarán obligados a llevar cascoen la bicicleta cuando circulen por casco urbano.
Además, en un mes se multará con 1.000 euros la conducción con presencia de drogas ilegales en el organismo, a excepción de las que se utilicen por prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica (por ejemplo, metadona).
Una multa (1.000 euros) que se impondrá también a los conductores que se pongan al volante con una tasa de alcohol que duplique el máximo permitido o en el caso de que haya reincidido en esta infracción en un año. Se mantiene la sanción de 500 euros en el resto de los casos.
También a partir del 9 de mayo se podrá multar el uso de detectores de radar o de cinemómetros, lo que conllevará una sanción de 200 euros y la detracción de 3 puntos del carné (los inhibidores ya están prohibidos y multados con 6.000 euros y 6 puntos).
Las modificaciones que no entrarán en vigor en un mes son las relacionadas con el aumento de velocidad y con los sistemas de retención infantil (SRI), que se regularán en el futuro Reglamento de Circulación, cuya aprobación no se producirá antes de junio.

Un diputado con 'pornosecretarias'

El caso de Cuauhtémoc Gutiérrez empieza como 'Rey de la basura'y termina confundiéndose con ella. Empieza como precoz militante delPRI y termina con su expulsión del partido tras descubrirse que en lugar de secretarias contrataba a jovencitas a las que obligaba a tener sexo con sus 150 kilos de grasa.
Las selección empezaba con un anuncio en el periódico solicitando "personal femenino que labore en oficinas gubernamentales, de 18 a 32 años, con disponibilidad de horario" por un sueldo de 600 euros mensuales. Así, el diputado fue dando forma a un 'harén' de jovencitas pagadas con dinero público que debían darle placer en cualquier momento.
La red de prostitución se descubrió cuando una periodista se hizo pasar por aspirante tras recibir dos denuncias. Como tantas otras llegó hasta su despacho en la Ciudad de México después de leer el anuncio en 'El Universal'. La reportera ocultó un micrófono y grabó desde el inicio, cuando le pidieron venir a la entrevista de manera formal "pero con tacones y vestidos para cambiarse en la oficina".
A partir de ahí una secretaria le explicó que "entre sus actividades, está el tener sexo oral o vaginal" y le aconsejaba tratar al futuro jefe de manera cariñosa -"siempre con beso, como si fueran amigos desde hace tiempo"-. Además, le advertía que podría tener actividades nocturnas con él y podría llamarla a su casa para encuentros íntimos. "Pero eso lo maneja solamente él», se oye en la grabación. "Ni es diario, ni te va a llevar a un hotel para hacer contigo lo que quiere". Por último, el diputado daba el visto bueno definitivo durante una entrevista en su despacho, del que cuelga una foto dePeña Nieto.

Un terremoto político

Tras conocerse el escándalo, el diputado se defendió con una frase que la calle se repite con sorna: "Es falso de toda falsedad". Y acusó al izquierdista PRD (en el poder de la capital) de pretender desviar la atención sobre la corrupción en la ampliación de la red de metro.
Sin embargo, el personaje en cuestión merece un capítulo aparte. Su foto debería aparecer en todos los diccionarios junto a la palabra desagradable. Cabeza pequeña, cuerpo inmenso, déspota, reloj y cadena de oro. Cuauhtémoc Gutiérrez, de 46 años, era el hombre fuerte del PRI en el DF, donde no gobierna desde 1990.
Es hijo de Rafael Gutiérrez, histórico líder de los basureros de la capital mexicana. Tras morir éste asesinado por su mujer, Cuauhtémoc heredó su fortuna y los vínculos con el podergracias a los que ha crecido en el partido al que se afilió con 14 años.
Tampoco es la primera vez que está involucrando en un escándalo. En 2003, siendo concejal, la prensa detalló cómo se rodeaba de un grupo de secretarias a las que pagaba de 500 euros a 900 euros si accedían a "pasar la noche" con él.
La semana pasada el PRI lo apartó de su puesto y alguien dejó una cabeza de cerdo frente a la sede del partido. Los votantes le asignaron un papel en el ZOO del siglo XXI.

"Es falso de toda falsedad. Son acusaciones para desviar la atención sobre la corrupción"

1968: Nace en Ciudad de México, donde su padre es dueño de un importante basurero. 1989: Hereda poder y fortuna cuando su padre es asesinado por su madre. 1999: Es encarcelado por invadir una finca. 2009: Es elegido diputado. 2012: Es designado presidente del PRI en en el DF. 2014: Es acusado de manejar una red de prostitución.