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domingo, 7 de febrero de 2010

Protegen a una testigo en la cárcel; Polémica por Figura de "arrepentido"

El Ministerio del Interior dispuso la protección para una mujer procesada con prisión y que fue testigo "arrepentida" en el caso Curbelo Tammaro. En el gobierno dicen está presionada. Hay polémica sobre esta nueva figura jurídica.

El procesamiento esta semana de una agente inmobiliaria de Maldonado, que fuera la "testigo arrepentida" en un caso de lavado de dinero y cuyo aporte a la investigación fue clave en el procesamiento del conocido abogado penalista Carlos Curbelo Tammaro, entre otros, alimentó la polémica sobre el empleo de estos "colaboradores" por parte de la Fiscalía. La mujer fue a prisión por dos delitos de apropiación indebida que no estaban vinculados al caso por el que recibió tratamiento especial a cambio de aportar datos contra los procesados.

"El procesamiento de un testigo no cuestiona al instituto en sí", aseguró a El País, Ricardo Gil Iribarne, titular de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos. "Lo que sí considero lo debilita es que se presione a esos testigos colaboradores y, en este caso concreto, me consta que se ha instrumentado esa presión a punto de poner en riesgo la seguridad del testigo colaborador", añadió.

El jerarca señaló que el nombre, la actividad y hasta la dirección de la mujer fueron divulgados por medios de comunicación. Si bien la ley no prohíbe esto, para Gil hay gente vinculada al caso presionando para que eso suceda. Consideró que se apunta a desprestigiar a un "arrepentido", que esto es parte de "las reglas de juego", pero que lo preocupante es que "el instrumento del colaborador se debilite".

Por eso, adelantó que se buscarán medidas para que esto no suceda en nuevos casos en los que se utilice esta figura, introducida por la ley 18.484 sobre combate de lavado de activos, y que se pueda preservar su identidad, puesto que de lo contrario habrá temor en que colabore con la Justicia un implicado en la organización delictiva a cambio de un trato benigno de su delito.

La adopción de medidas especiales de seguridad se dificulta por la sobrepoblación que existe en la cárcel de Las Rosas, donde está la mujer, dijeron fuentes de ese establecimiento. Previo a su procesamiento, la detenida tenía custodia policial, dijeron diversas fuentes consultadas.

El acuerdo que alcanzó la mujer con la Fiscalía para dar información del caso sigue en pie tras su procesamiento, puesto que fue a prisión por delitos que no guardan relación con la investigación sobre lavado. Sebastián Tejera, abogado de la procesada, dijo que su defendida está amparada en un instrumento nuevo con el que se está experimentando. "Pero, en virtud de ese instrumento, debió haber una reserva que no se mantuvo".

"El instrumento no cumplió su objetivo de la reserva de su identidad. No estoy diciendo por culpa de quién, porque no lo sé. Pero hay un daño a esta mujer y su familia", afirmó el letrado.

Tejera aseguró que su defendida sufrió amenazas y presiones y éstas fueron puestas en conocimiento "de las personas que corresponde", aunque no aclaró si fue a la Justicia, a la Policía o a las entidades oficiales antilavado. Dijo que le parece "muy curioso" el momento de las denuncias en su contra, "la animosidad de algunos denunciantes y su vinculación con personas del otro caso".

El abogado de Curbelo Tammaro, Miguel Langón, sin embargo, considera que esta derivación del caso "hiere de muerte, la figura del colaborador", además de ser parte de una "crisis muy grande del sistema procesal".

No es único. Esta es la primera vez que se hace pública la existencia del testimonio de un "arrepentido", pero fuentes vinculadas a la investigación aseguraron que no es el único caso. La mujer ahora procesada fue denunciada por propietarios de inmuebles en Punta del Este por quedarse con unos US$ 8 mil de alquileres. Antes había llegado a un acuerdo -cuyos detalles son desconocidos y ese es uno de los puntos que más critica la defensa de Curbelo- con el fiscal para colaborar en la causa.

La figura del "arrepentido" es relativamente nueva en el Derecho y aparece con el crecimiento global del crimen organizado y la necesidad de nuevas herramientas jurídicas para combatirlo. Proviene del Derecho anglosajón y considera que estas organizaciones cerradas sólo pueden ser atacadas desde adentro y con la colaboración de los propios delincuentes.

No todos los abogados piensan que esta experiencia es trasladable a Uruguay. "Utilizar mecanismos importados de sistemas procesales muchos más perfectos que el nuestro, supone sumar más falta de garantías a las ya existentes", afirma el penalista Pedro Montano, quien compartió defensas con Curbelo Tammaro. "El sistema procesal uruguayo no resiste más falta de garantías", agregó.

Montano fue, además, uno de los 83 juristas que, a partir del procesamiento de su colega, firmó una carta alertando sobre que ese caso implica "una inseguridad en el ejercicio libre de la profesión de abogado" y en la que se recordaba, precisamente, que la figura del colaborador está siendo cuestionada a nivel judicial. Entre los firmantes de la nota estaban Gervasio Guillot, Gonzalo Aguirre, Gastón Cháves, Eduardo Véscovi, Víctor Della Valle, Jorge Barrera, Miguel Semino y Hebe Martínez Burlé. Curbelo Tammaro fue procesado con prisión en noviembre por el juez Federico Álvarez Petraglia y el fiscal Diego Pérez por los delitos de "lavado de activos" y "asistencia" para el lavado

La defensa de Curbelo integrará al expediente todas sus dudas sobre la credibilidad de la testigo. Lo mismo harán los abogados de los otros procesados ese expediente.

"Hay que tener presente que nadie es procesado solo porque un testigo colaborador lo acuse", apuntó Gil Iribarne. "Se requiere de otros elementos y ese es uno más. En este caso hay innumerables pruebas que llevaron a la Justicia a procesar a los implicados", afirmó.

Se hace un acuerdo con el testigo

El crimen organizado, como tantos otros objetivos de la Justicia, sólo convoca una unanimidad: hay que combatirlo. La discusión -jurídica, política, moral, policial- está en el cómo.

Con la creación de los juzgados contra el crimen organizado en junio de 2009, Uruguay optó por un modelo que incluye procedimientos ya conocidos y otros inéditos. En una larga lista de mecanismos -entre los cuales figuran el agente encubierto o las escuchas telefónicas- está la del "colaborador", es decir el "testigo arrepentido".

El artículo seis de la ley 18.484 es el que habilita al fiscal a acordar con una persona que haya incurrido en delitos que sean competencia de los juzgados especializados en crimen organizado, la reducción de la pena e, incluso, a no formular acusación.

Para ello el "arrepentido" debe revelar la identidad de autores, cómplices o encubridores de los hechos investigados o de otros conexos y aportar pruebas si las tiene.

La ley exige también que el testigo colaborador abandone la actividad delictiva o la asociación ilícita a la que pertenece.

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