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martes, 8 de junio de 2010

¿Condenado por ser negro?

Aly Keita, de Malí, e Isaac Nana, ghanés, caminaban con otras dos personas por la calle Arganzuela, en Madrid, el 6 de octubre de 2009. Los cuatro eran negros. Cinco agentes de la policía nacional de una comisaría de Alcobendas estaban por esa zona, investigando un delito de tráfico de drogas que nada tenía que ver con los inmigrantes. Cuando los vieron, les pidieron que se identificaran. Lo hicieron, según su versión, porque el grupo mostraba "signos de nerviosismo". Las razones de esta inquietud no han quedado claras en el proceso, ya que los agentes no iban de uniforme.

Keita empujó a uno de los policías, afirman estos, y tiró un envoltorio con 15 billetes de 50 euros que resultaron ser falsos. Sus tres acompañantes se marcharon. Uno de los agentes persiguió a Nana y lo detuvo. En su cartera había varios billetes. Tras el examen de los expertos del Banco de España, se comprobó que todos eran legítimos salvo uno.

Keita y Nana fueron condenados el pasado 10 de mayo por la Audiencia Nacional por falsificación de moneda. Keita, inmigrante irregular, a tres años y seis meses de prisión y una multa de 3.000 euros, y Nana, con permiso de residencia, a dos años y una multa de 200. La sentencia fue dictada por los jueces Ángel Hurtado, Enrique López (candidato del PP al Tribunal Constitucional descartado por el Senado) y José Ricardo de Prada. Este último discrepa de la sentencia en relación a la condena de Nana -a quien solo encontraron un billete falso-, y señala en un voto particular que, salvo "el punto común del color de su piel", "nada parece que permitiera concluir" que los acusados fueran "un grupo organizado de delincuentes", "ni que el dinero falso poseído por uno de ellos fuera en realidad del grupo", como presume la sentencia.

De Prada señala que la cantidad de billetes que tenía Keita (50) permite inferir "que los poseyera para traficar con ellos", pero que no ocurre así con el único billete falso de Nana, que ni siquiera se sabe si era igual que los de Keita."Tampoco se ha practicado ninguna otra prueba referida a la actividad de los acusados que ponga de manifiesto que se dedicaban, juntos o separados, a hacer pagos o a pasar billetes falsos por los comercios de la zona", argumenta el juez, que califica la intervención policial como "confusa".

El voto particular añade que tampoco se ha aportado prueba alguna que desvirtúe las declaraciones de los dos condenados de que ese día estaban juntos por casualidad, afirmación "que además se ve confirmada por los lugares en que consta la residencia habitual de los acusados, uno en Madrid y el otro en un pueblo de Salamanca". El magistrado concluye diciendo que lo correcto hubiera sido absolver al acusado por falta de pruebas. Nana ha recurrido ante el Tribunal Supremo.


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