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jueves, 15 de julio de 2010

Uruguayos homosexuales podrían casarse en Argentina

Las parejas de uruguayos que quieran casarse según la ley argentina podrán hacerlo, siempre y cuando se atengan a la normativa general de ese país, explicaron a El País varios expertos juristas.

Juan Cienciardo, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral de Argentina, explicó que los extranjeros que deseen tramitar el matrimonio en su país deben cumplir con diferentes requisitos, según si son residentes o no. "Los extranjeros residentes tienen que presentar el DNI argentino. En el caso de los extranjeros que no sean residentes, tienen que presentar el pasaporte de su país y fijar domicilio en Argentina", dijo.

El abogado indicó que para demostrar el domicilio en Argentina, al igual que como sucede en Uruguay, la legislación exige solamente "un servicio o un alquiler. Normalmente se pide una factura a nombre de uno de los contrayentes".

Además, sería necesario pa-ra contraer matrimonio cumplir con las otras exigencias que fija el Código Civil argentino: "Presentar una solicitud con una anticipación de 28 días, ir a una consulta médica prenupcial nupcial, llevar dos testigos y manifestar el consentimiento", ejemplificó Cienciardo.

A pesar de las posibilidades que abriría esta ley, el Colectivo Ovejas Negras no se ha planteado la posibilidad de viajar hacia Argentina para casarse, según dijo a El País Damián Díaz, miembro de la organización.

Díaz afirmó que, si bien el Colectivo cree que la eventual aprobación de la ley del matrimonio homosexual en Argentina "puede generar un buen ejemplo (...), la modificación se tiene que dar en Uruguay".

"Para esto hemos creado un proyecto de ley de modificación del Código Civil que ahora estamos llevando a distintos catedráticos de la Facultad de Derecho de Universidad de la República, con el interés de que lo vean y hagan las correcciones que consideren pertinentes pa-ra en un futuro próximo, de unos cuatro o cinco meses, presentarlo en el Parlamento", sostuvo Díaz.

Este proyecto es similar al argentino en cuanto que propone sustituir en el Código Civil las palabras "hombre y mujer" por "cónyuges", no sólo en la definición de matrimonio sino también en otros apartados de la ley. "Consideramos que es un avance para todas las comunidades que el binomio de género desaparezca, al igual que el tratamiento diferencial de hombre y mujer", agregó.

Lo que no está claro es qué sucedería en Uruguay si una pareja homosexual se casa en Argentina y regresa al país. Adolfo Orellano, director del Registro Civil, dijo a El País que "es un tema delicado que se tiene que analizar en detalle" y recordó que en Uruguay el matrimonio es heterosexual. En ese sentido, explicó, "la incidencia que podría tener un matrimonio argentino, a la luz de la eventual ley de matrimonio homosexual, estaría violentando las normas de orden público".

"A una pareja homosexual que se haya casado en Argentina se le podría decir que ese matrimonio no es de aplicación porque en Uruguay no se reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo y esto violenta el orden jurídico uruguayo", señaló por su parte el ministro del Tribunal de Apelaciones de Familia Ricardo Pérez Manrique. Según explicó el juez, la ley local establece que "no se aplicarían en nuestro país en ningún caso las leyes extranjeras que contraríen manifiestamente" a las nacionales.

De todas formas, Pérez Manrique recordó que, según la legislación uruguaya, lo que rige un matrimonio es la ley del sitio donde se celebró. "Es la ley de ese lugar la que rige las capacidades de las personas para contraer matrimonio, la forma, exigencia y validez del acto", mencionó citando la legislación. Por eso, "una sentencia podría decir que como ese matrimonio se celebró de acuerdo a la normativa argentina, eso no violenta en absoluto la normativa uruguaya y tiene plena validez aquí", acotó.

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