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miércoles, 16 de junio de 2010

El Gobierno abarata el despido porque perdio España dice ZP

El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma laboral, que reducirá el coste del despido mediante dos fórmulas: la generalización del uso del contrato de fomento del empleo -con 33 días de indemnización por año trabajado en lugar de 45- y el pago por el Fogasa de ocho días de esa indemnización en los contratos indefinidos.

La norma, aunque aprobada como decreto ley, se tramitará en el Congreso como proyecto de ley, por lo que se incorporarán modificaciones, según ha afirmado la vicepresidenta segunda del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega.

El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), un fondo que se nutre de aportaciones de las empresas, se hará cargo del pago de ocho días de los despidos en todos los contratos indefinidos ordinarios y no sólo en los de fomento del empleo, como antes había previsto el Gobierno.

Así se recoge en la reforma laboral que ha aprobado el Gobierno este miércoles después de que la pasada semana concluyeran las negociaciones de sindicatos y empresarios sin acuerdo.

El pago de parte de esta indemnización por parte del Fogasa será transitorio, pues esta iniciativa será sustituida por la creación de un fondo de capitalización individual -conocido como el 'modelo austriaco'.

Contrato de fomento

El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, ha explicado los detalles de la reforma, que está basada en el borrador que ya dio a conocer el Ejecutivo la semana pasada y en la que se apuesta por "generalizar" el uso del contrato de fomento del empleo.

El Gobierno ampliará aún más el uso de este contrato de lo que había planteado en el borrador al incluir al colectivo de trabajadores fijos de entre 31 y 44 años que hayan sido despedidos.

El contrato de fomento del empleo, que está bonificado por el Estado, también podrá ser utilizado por aquellos parados que lleven en el desempleo tres meses, frente a los seis meses actuales, y para los parados que en los últimos dos años sólo hayan tenido contratos temporales. El objetivo es combatir la alta temporalidad del mercado de trabajo español.

Hasta ahora, los únicos colectivos que podían firmar este tipo de contratos eran las mujeres en general, los jóvenes de entre 16 y 30 años y los mayores de 45 años; los desempleados durante al menos seis meses; las víctimas de violencia doméstica y los ciudadanos en situación de exclusión social acreditada.

Corbacho ha recordado que se mantienen los derechos adquiridos en el contrato indefinido ordinario -45 días de indemnización- y la reforma no tiene efectos retroactivos.

Se retrasa el modelo austríaco

Corbacho ha anunciado que la implantación del modelo austríaco -basado en crear para cada trabajador un fondo que viajará con él durante su vida laboral-, del que se venía hablando en los últimos meses en el diálogo social, no se hará de inmediato. El Gobierno presentará un proyecto de ley independiente para crear este fondo de capitalización de la vida laboral los trabajadores y que debe servir para abonar una parte de los despidos.

El proyecto de ley debe presentarse y debatirse en un año, ha afirmado Corbacho, que ha añadido que el Gobierno no tiene intención de aumentar las cuotas empresariales de la Seguridad Social para nutrir este fondo.

Despido procedente en empresas en crisis

Finalmente no ha sido incluida en la reforma laboral la ampliación del despido objetivo de 20 días de indemnización a las empresas con seis meses de pérdidas, "ejemplo" que fue estudiado durante el Diálogo Social.

Este despido procedente, que mantiene la tutela judicial, seguirá justificado por causas como la ineptitud del trabajador, su falta de adaptación, su absentismo laboral y la necesidad acreditada de amortizar puestos de trabajo.

No obstante, la reforma laboral permitirá justificar este tipo de despido "cuando se desprenda una situación económica negativa" en la que la extinción del contrato sea la única solución posible para la empresa, según explicó Corbacho.

Es decir, ante la falta de concreción del nuevo marco legal, la última palabra la tendrá el juez.

ETT y contratos temporales

La reforma también plantea endurecer la contratación temporal. Para ello, se elevará de ocho a 12 días la indemnización por la finalización de los contratos temporales aunque se retrasa dos años el plazo llevarlo a cabo. La medida empezará a aplicarse a partir de 2012 y la indemnización irá subiendo un día por año, hasta llegar a un total de 12 días en 2016.

El ministro explicó que esta modificación ha sido resultado de las peticiones de algún Grupo Parlamentario, que había advertido de que elevar la indemnización de los contratos temporales podría penalizar la creación inmediata de empleo, informa Europa Press.

También se incluye otra novedad en los contratos temporales de obra o servicio. El Gobierno quería limitar a dos años la duración máxima de estos contratos, ampliable hasta otro año más si se acordaba por convenio colectivo, pero ahora ha cambiado la redacción y la reforma aprobada establece la duración máxima en tres años, más otro año ampliable si se acuerda vía negociación colectiva.

Otra novedad es el levantamiento del veto a las empresas de trabajo temporal para que puedan operar en el sector público. En el documento anterior, el Gobierno quitaba la prohibición a las ETT para operar en el sector de la construcción. Ahora el veto queda levantado en ambos sectores.

Críticas de sindicatos y patronal

La reforma ha recibido las críticas de los sindicatos, que han convocado una huelga general para protestar contra ella en septiembre, mientras que la patronal la ha tildado este miércoles de "reformita".

De la Vega la ha defendido al asegurar que el objetivo de la reforma es "reducir la temporalidad excesiva" que existe en España y fomentar los contratos indefinidos.

"Es una reforma laboral necesaria, de futuro, la más importantes de los últimos 20 años", ha remarcado De la Vega.

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