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miércoles, 3 de marzo de 2010

Límites para Internet móvil en la UE para evitar 'facturas desorbitantes'

Los operadores de telefonía móvil europeos están obligados a partir de hoy a ofrecer a sus clientes un límite para navegar por la Red desde sus teléfonos móviles y portátiles, en un intento por proteger a los consumidores de 'facturas desorbitantes' en los desplazamientos a otros países de la UE.

Según las normas de itinerancia adoptadas en junio de 2009, está previsto que el usuario reciba un aviso, seguido de la interrupción del servicio de conexión, cuando éste llegue a un límite de facturación,recuerda una nota de la Comisión Europea.

Bajo la regulación del 'roaming' de la UE, los operadores de móviles están obligados a ofrecer a sus clientes a partir del 1 de marzo de 2010 la interrupción del servicio cuando se supere un límite mensual establecido de 50 euros. Dichos clientes recibirán un aviso cuando la facturación llegue al 80% de ese límite mensual.

Hasta el 1 de julio de este año, los clientes pueden especificar su límite personal, pero si no se se dice nada para entonces el ímite mensual permanecerá en los 50 euros en itinerancia.

Según la nota de la UE, gracias a la nueva normativa de itinerancia el precio que pagan los operadores entre sí por megabyte (MB) descargado ha sido limitado un euro, y caerá en los próximos dos años. Estos ahorros, afirma la Comisión, deben trasladarse a los consumidores, que deberían poder navegar por Internet en el extranjero a precios más bajos.

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