La rectificación en toda regla que el Ministerio de Justicia ha hecho de la Ley de Tasas —apenas dos meses después de entrar en vigor y solo tras pedírselo el Defensor del Pueblo—
será aprobada previsiblemente hoy por el Consejo de Ministros. La
reforma de la reforma supone una rebaja general de las cuantías —solo
para los ciudadanos, no para las empresas, y solo en la parte variable
de la tarifa— e incluso la retirada de la tasa en ciertos casos, como
divorcios de mutuo acuerdo o desahucios. Además, se adelantará la
aplicación de la futura Ley de Justicia Gratuita para que los colectivos
exentos puedan disfrutar ya del beneficio, y a esos colectivos —solo a
ellos— se les devolverá el dinero pagado estos dos meses.
Fuentes del equipo del ministro Alberto Ruiz-Gallardón
admiten que se ha dado marcha atrás, aunque aseguran que “el modelo, la
idea de que el litigante asuma en cierta medida la financiación de la
administración de justicia” sigue en pie, y que esa es la que funciona
“en la mayor parte de los países de Europa”. Sostienen que las
alegaciones del Defensor del Pueblo han servido de “palanca” para “rectificar”. En el mes de enero se recaudaron 17,9 millones de euros en tasas.
Las principales modificaciones —que entrarán en vigor previsiblemente el lunes— son estas:
» Baja un 80% la tarifa variable. Las tasas fijas
(ver cuadro adjunto) no se tocan. Lo que se modifica es la tasa
variable, una cantidad que resultaba de multiplicar el valor de los
bienes reclamados en un pleito por 0,5% (hasta un millón de euros) o por
0,25% (a partir de un millón), y que según Justicia era la que podía
disparar el coste final para el ciudadano. Cuando no se podía calcular
el valor de los bienes el porcentaje de 0,5% se aplicaba sobre 18.000
euros. Esos porcentajes de 0,5% y 0,25% se mantendrán para las tasas
pagadas por empresas; pero para ciudadanos particulares pasará a ser del
0,1%, con independencia de la cuantía y tanto en primera instancia como
en segunda. Ahora la tasa variable puede llegar a un máximo de 10.000
euros; tras la modificación, el tope máximo (para ciudadanos, no para
empresas) serán 2.000 euros.
» Divorcios y desahuciados, libres de tasa. Las
separaciones y divorcios de mutuo acuerdo estarán exentos de pagar
tasas; los que no sean de mutuo acuerdo pagarán la tarifa fija (150
euros) y la variable sobre 18.000 euros, es decir, 18 euros. En total,
168 euros. Hasta ahora los únicos asuntos de familia que estaban exentos
eran los referidos a pensiones de alimentos o filiaciones.
Igual que los divorcios, quedan libres de pagar tasas las familias
desahuciadas. Seguirán estando obligadas a asumir las costas del proceso
judicial, pero en esas costas no se incluirán las tasas que pagó el
banco para iniciar el juicio. También estarán exentos los avalistas, si
los hubiera.
Por último, se amplía la exención a otro caso: cuando una demanda de
consumo se haya resuelto con un laudo arbitral y una de las partes lo
incumpla, si la otra lleva el incumplimiento a los tribunales no pagará
tasa.
» Recurrir la multa será más barato. En recursos
contra sanciones administrativas la tasa no podrá superar el 50% del
dinero reclamado. Esta bonificación —que solo existirá en primera
instancia— acaba con uno de los casos que durante meses se han puesto de
ejemplo para denunciar la ley: la famosa multa de 100 euros que costaba
200 euros en tasas recurrir; ahora costará 50. De esta novedad también
podrán beneficiarse las empresas.
En la jurisdicción de lo laboral, que solo tiene tasas en segunda
instancia, los funcionarios se beneficiarán también de la bonificación
que ahora se aplicaba al resto de trabajadores (que abonan solo el 40%
de la tasa).
» La justicia gratuita entra en vigor y se devuelve el dinero.
La nueva ley de justicia gratuita, que ampliará el número de
beneficiarios (porque eleva los niveles de renta e incorpora colectivos
enteros, como las víctimas de violencia machista o las de accidentes
graves) está aún en tramitación; el Gobierno, con un real decreto, va a
adelantar la aplicación de los artículos sustanciales de esa ley, de
forma que quienes resultaran beneficiarios de justicia gratuita con los
nuevos requisitos puedan empezar a beneficiarse ya y dejar de pagar
abogado, procurador y tasas. A quienes, cumpliendo esos requisitos,
hubieran iniciado pleitos desde el pasado 17 de diciembre —fecha en la
que empezaron a cobrarse las tasas— se les devolverá el dinero (solo de
las tasas, no del abogado ni el procurador).
» Se aplican ya, pero no se cobrarán hasta abril.
Como ahora habrá que volver a modificar los formularios y el sistema
informático de cobro, aunque la reforma de la ley se apruebe hoy y entre
en vigor de inmediato las tasas no podrán cobrarse materialmente hasta
finales de marzo o abril. Lo que ha decidido el ministerio es que en los
pleitos que se inicien en ese lapso de tiempo se apliquen ya las nuevas
tarifas, pero no se cobren: la tasa quedaría pendiente de cobrar y se
abonaría cuando esté listo el sistema.
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