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martes, 23 de noviembre de 2010

Todos los bloques de pisos, obligados a pasar una inspección a los 45 años

Todos los bloques de pisos deberán pasar a partir de ahora una inspección que acredite que no sufren daños graves. Un total de 157.307 edificios de pisos de Cataluña pasarán un examen entre 2011 y 2015, de acuerdo con los cálculos que contiene el decreto sobre la Inspección Técnica de los Edificios que el Gobierno catalán aprueba hoy. La prueba será una especie de ITV que los inmuebles que tengan más de 45 años deberán pasar cada 10 años, aunque su aplicación será progresiva en los próximos cinco.

Hasta ahora, los edificios catalanes no estaban sujetos a ningún examen que determine su seguridad. El Departamento de Medio Ambiente y Vivienda había puesto en marcha los estudios técnicos de idoneidad, un informe que determina los daños que deben repararse en edificios que hayan recibido una ayuda para ser rehabilitados. Según el último documento del Pacto Nacional por la Vivienda, desde 2007 se han realizado cerca de 8.800 estudios, pero la medida no era generalizada.

El Gobierno autonómico vio clara la necesidad de inspeccionar todos los inmuebles catalanes, sobre todo los más antiguos, tras el derrumbe de un edificio de cinco plantas en Lleida en 2005 y las grietas que surgieron en otro unos meses más tarde. Entonces, el Ayuntamiento y la Generalitat se comprometieron a revisar más de 3.000 fincas de la ciudad.

La obligación de inspeccionar los inmuebles es de los propietarios de la finca. Los inmuebles construidos antes de 1930 deberán pasar la inspección antes del 31 de diciembre de 2012; los que se levantaron entre 1931 y 1950 tienen de plazo hasta finales de 2013; los de entre 1951 y 1960, hasta 2014, y los de entre 1961 y 1970, hasta 2015. Los inmuebles que fueron terminados a partir de 1971 deberán ir pasando la inspección en el año en el que cumplan 45 años de antigüedad.

El técnico que revise el inmueble -la Generalitat firmará convenios con los colegios profesionales que fijarán un precio de referencia- deberá calificarlo como apto o no apto. El edificio recibirá el aprobado si el técnico no halla deficiencias o si estas son leves. Si son graves, el inmueble tendrá un plazo para subsanarlas para recibir la luz verde del Ejecutivo catalán. En caso de que las insuficiencias sean "muy graves", el inmueble será declarado no apto y deberá ser rehabilitado.

El diagnóstico

- Muy grave. Si se detecta la existencia generalizada de deficiencias que afectan a la estabilidad del edificio y suponen un peligro para la seguridad de sus vecinos. Se deben adoptar medidas de carácter inmediato.

- Deficiencias graves. Habrá que subsanarlas en los plazos que se indicarán. Si son peligrosas, se adoptarán medidas de seguridad previas a la ejecución de obras.

- Deficiencias leves. Por falta de conservación.

- Sin deficiencias. No se aprecian problemas


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