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sábado, 9 de marzo de 2013

Parlamento discute ley que protege a ecuatorianos en el exterior

Quito, 9 mar (PL) La Ley de Protección e Igualdad de Derechos de los ecuatorianos residentes en el exterior y sus familias se presentará a segundo debate para acondicionar sus normativas y dar mejores beneficios a los inmigrantes. La Asamblea Nacional informó que se busca mejorar las condiciones de vida, así como nuevas oportunidades, tanto para ellos como para sus familias.

La normativa ampara, protege y beneficia los ecuatorianos residentes en el exterior sin imponer su condición migratoria; a sus familias en el territorio nacional, que justifiquen su relación de dependencia económica con el residente en el exterior.

Así como a los retornados al país voluntariamente o de manera forzada.

Serán titulares de los derechos establecidos en esta Ley además los cónyuges o convivientes en unión de hecho legalmente reconocido.

También sus descendientes y ascendientes, comprendidos dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, residentes en territorio ecuatoriano, señaló el parlamento.

El Estado será quien ejercerá la rectoría a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, la autoridad nacional encargada de la política migratoria.

Esto lo hará en conjunto con la autoridad nacional responsable de la política de inclusión económica y social, así como a través de los diferentes niveles de Gobierno, quienes velarán para prevenir y proteger a los que pudieran ser víctimas del tráfico y trata de personas, apuntó.

El Estado tiene la obligación de proporcionar asistencia humanitaria, jurídica, en educación, salud, bienestar, seguridad social a los ecuatorianos residentes en el exterior a través de sus organismos de representación internacional, señala la Ley.

Garantizará además la defensa de los derechos cuando se los discrimine debido a su condición migratoria, origen o pasado judicial, razones étnicas, entre otros.

El proyecto señala que el Estado garantizará a través de los órganos ejecutores de la política pública migratoria, de las sedes diplomáticas o consulares acreditadas en el exterior, la repatriación de los cadáveres de los fallecidos en esos países.

Así como los de sus ascendentes y descendentes, hayan o no sido inscritos como ecuatorianos, en los casos, explica la Ley.

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