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jueves, 28 de junio de 2012

Uruguay : Parlamento analizará avalar casamiento religioso omitiendo el Registro Civil


El reconocimiento de los “efectos civiles al matrimonio religioso, estableciendo la facultad de los contrayentes en el sentido de elegir la forma civil o religiosa”, es lo señalado por el proyecto que dejaría atrás la actual “precedencia obligatoria” del casamiento civil.

Aún cuando el matrimonio siga siendo regulado por el Código Civil, las formas de celebración, podrán ser las que elijan los contrayentes.

“Libertad de conciencia y de religión”

Para el legislador nacionalista, “la necesidad de garantizar y profundizar la libertad de conciencia y de religión” forman el núcleo de la exposición de motivos del proyecto, en tanto apuntó que la obligatoriedad del casamiento civil en primera instancia “constituye una restricción, o bien, un condicionamiento a la libertad de conciencia y a la libertad religiosa de las personas”.

En tal sentido se establece en el 1er artículo de la norma a estudio legislativo que “el matrimonio celebrado ante instituciones religiosas que cuenten con el reconocimiento de la personería jurídica por parte del Estado, producirá los mismos efectos que el matrimonio civil”.

Posteriormente a la boda, los contrayentes tendrán un plazo de diez días para presentar el acta correspondiente ante la Dirección Nacional de Registro del Estado Civil, según publica el diario El País.

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