Cinco meses después de que arrancará la investigación judicial del caso Bárcenas tras la publicación en EL PAÍS de los papeles del extesorero,
donde registraba las donaciones ilegales y distintas retribuciones a
dirigentes del partido no declaradas a Hacienda, el juez Pablo Ruz, que
instruye el caso, y la Fiscalía Anticorrupción, consideran acreditada la doble contabilidad del PP, que manejó durante casi 20 años una caja b de dinero opaco al fisco.
Los principales dirigentes del partido niegan esa doble contabilidad que el propio Luis Bárcenas,
gerente y tesorero del PP durante 20 años, ha admitido en su última
declaración judicial, en la que se inculpa de un delito contable. La
Fiscalía Anticorrupción considera no prescrito este delito, castigado en
el Código Penal con entre cinco y siete meses de cárcel, que ha
confirmado la investigación judicial.
“En la actual fase de instrucción”, señaló el juez en su último auto
judicial, “la autoría [de los papeles de Bárcenas] por parte del
extesorero se encuentra confirmada por él mismo y por las pruebas
periciales practicadas”. Además, el juez también considera confirmada
“la realidad de varios apuntes contables por declaraciones testificales
así como el análisis documental comparativo con los datos de la contabilidad oficial remitida por el Tribunal de Cuentas y el Partido Popular”.
El juez se refiere en su auto sin citarlo expresamente al hecho de que los dirigentes y ex dirigentes políticos Calixto Ayesa (exconsejero navarro de salud); Jaume Matas (expresidente balear), Santiago Abascal, Jaime Ignacio del Burgo, o Eugenio Nasarre,
han declarado en sede judicial que recibieron dinero del PP, según
consta en los papeles de Bárcenas, y que no lo declararon a Hacienda o
no recuerdan haberlo hecho ni pueden probar que lo hicieran.
La contabilidad oficial que el PP
remitió al Tribunal de Cuentas, base probatoria principal en todo este
caso de supuesta financiación ilegal de la formación conservadora, no
registra ninguno de esos pagos a los dirigentes señalados.
Además, la instrucción judicial también ha verificado que una parte de las donaciones ilegales que Bárcenas apuntaba en su cuaderno
(ocho millones de euros en el periodo comprendido entre 1990 y 2009)
acabaron ingresadas como anónimas de manera troceada en una sucursal
bancaria situada bajo la sede central de Génova, 13, en cantidades
siempre inferiores a 60.000 euros para evitar que el Tribunal de Cuentas
las considerase ilegales en aplicación de la Ley de Financiación de
Partidos Políticos vigente en esos momentos. Entre 2003 y 2007, Bárcenas
hizo 56 ingresos troceados en la sucursal del Banco de Vitoria, luego
fue absorbido por Banesto, en 14 fechas distintas por valor de 1,3
millones de euros. Esos ingresos se correspondían exactamente con el
apunte contable que reflejaba en sus papeles de la supuesta caja B.
Ese dinero, lo había recibido mayoritariamente el PP en cantidades
superiores a 60.000 euros y, supuestamente, de manos de constructores
que tenían contratos con la administración pública y, por tanto, tenían
prohibidas las donaciones a los partidos políticos.
Bárcenas aseguró al juez Pablo Ruz que él mismo o el que entonces era su jefe, Álvaro Lapuerta,
se reunieron con la mayoría de los empresarios que donaron fondos al
partido y que comunicaron esta circunstancia a quienes en cada periodo
eran presidentes o secretarios generales del partido.
Estos hechos acreditados por la investigación judicial apuntan
directamente a la financiación ilegal del PP durante 20 años, una
actuación irregular que carece de tipificación en el Código Penal.
Sin embargo, tanto el juez como la Fiscalía Anticorrupción, consideran que aunque los donativos a partidos políticos
están exentos de tributar a Hacienda, en este caso se trataría de
donativos ilegales que deberían ser tratados como ingresos
extraordinarios y el PP debería haber pagado por ellos el Impuesto de
Sociedades. Como el delito fiscal prescribe a los cinco años, Ruz sólo
puede analizar si la cuota defraudada a partir de 2007 por esos
donativos ilegales supera los 120.000 euros para poder atribuir al PP un
delito fiscal.
La Ley de Financiación de Partidos Políticos de 2007 establece que
cuando un partido político obtenga “donaciones que contravengan las
limitaciones y requisitos establecidos, el Tribunal de Cuentas podrá
proponer la imposición de una multa de cuantía equivalente al doble de
la aportación ilegalmente percibida, que será deducida del siguiente
libramiento de la subvención anual para sus gastos de funcionamiento”.
El Tribunal de Cuentas ha emitido ya los dictámenes correspondientes a
los ejercicios de 2007 y 2008 sin encontrar irregularidades en los datos
entregados por el PP.
El juez retoma hoy la investigación del caso Bárcenas y
espera recibir distinta documentación que ha solicitado para acreditar,
en aquellos aspectos delictivos que todavía no han prescrito, si el PP
incurrió en delito fiscal —no declarar como ingreso extraordinario los
donativos ilegales que recibió desde 2007— y si en los hechos reflejados
en la caja b que administraba Bárcenas se produjo cohecho —pago de
dinero por parte de distintos constructores a cambio de la concesión de
obras públicas—.
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