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jueves, 5 de abril de 2012

Consell de Garanties Estatutàries dicta que la reforma laboral vulnera la Constitución

El Consell de Garanties Estatutàries considera inconstitucionales por unanimidad al menos dos artículos del Real Decreto Ley de la reforma laboral impulsada por el Gobierno, según el dictamen que solicitaron PSC, ICV-EUiA, ERC y SI, que ha sido registrado este jueves en el Parlament.

El órgano consultivo de la Generalitat considera por unanimidad que por los menos los artículos 12 y 14 contienen preceptos inconstitucionales, reinterpreta los 3 y 4, y añade que varios aspectos de la reforma invaden competencias de la Generalitat.

El dictamen establece así que el artículo 12 de la reforma laboral -sobre modificación sustancial de las condiciones de trabajo- vulnera en sus apartados uno y dos el artículo 86.1 de la Constitución, igual que los apartados uno, tres y seis del artículo 14 -sobre negociación colectiva-.

El Consell -cuyos dictámenes no son vinculantes tras la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatut- entiende así que estos preceptos vulneran la Constitución porque el Gobierno no puede dictar decretos ley que afecten "al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título Primero, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al derecho electoral general".

Los apartados uno y dos del artículo 12 modifican la Ley del Estatuto de los Trabajadores y permiten a la dirección de la empresa modificar sustancialmente condiciones de jornada, sueldo y horarios "cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción", pudiendo incluso modificar el contrato de trabajo y los convenios colectivos.

El órgano consultivo concluye también que estos preceptos podrían vulnerar los artículos 24.1 y 37.1 de la Carta Magna, por los cuales toda persona tiene derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, y "garantiza el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajdores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios".

También vulnera estos artículos de la Constitución el apartado uno del artículo 14 de la reforma, que permite a la empresa no aplicar lo establecido en el convenio si hay causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Invasión de competencias

Según el Consell, este apartado vulnera también las competencias de la Generalitat sobre trabajo y relaciones laborales contempladas por el Estatut.

El apartado tres del artículo 14 establece que el convenio de empresa prevaldrá ante el convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en cuestiones como el salario base y los complementos, el horario y las medidas para favorecer la conciliación, mientras que el apartado seis de ese mismo artículo fija la renovación directa del convenio colectivo vigente si éste caduca sin acuerdo entre empresa y trabajadores, por lo que el Consell los ve también fuera de la Constitución.

Además del apartado uno del artículo 14, el órgano advierte de que también se vulneran competencias de la Generalitat en los apartados dos y cuatro de las disposiciones transitorias séptima y octava, y en el apartado 1 de la disposición adicional octava del real decreto.

Para el Consell, se vulneran competencias catalanas de trabajo y relaciones laborales en estos artículos, que otorgan al Servicio Público de Empleo Estatal funciones ejecutivas en el ámbito de contenidos formativos en los centros de formación y a la adjudicación de subvenciones para financiar planes de formación. RECURSO AL TC

Tras el dictamen del Consell, que no es vinculante, está por ver como actúa el Govern, que podría recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC) pese a que CiU votó a favor de la convalidación del decreto en el Congreso.

Cabe recordar que CiU, por un lado, y los partidos de izquierdas, por el otro, llevaron la reforma al Consell, aunque la federación preguntaba solo por los aspectos que pudieran invadir competencias.

Otro mecanismo posible es que el Parlament apruebe por mayoría llevar el real decreto ley ante el Alto Tribunal, aunque eso haría necesarios también los votos de CiU.

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