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viernes, 6 de agosto de 2010

El Consell de Garanties da luz verde a la norma que blinda los 'correbous'

El Consejo de Garantías Estatutarias ha avalado la proposición de ley para regular los "correbous" que el PP llevó a este órgano por considerar que limitar la celebración de estos festejos taurinos a localidades con tradición podía topar con el principio de autonomía local y ser discriminatoria para algunos municipios.

El CGE rechaza estas argumentaciones y concluye que el artículo 3 -sobre el que PPC mostraba dudas de su legalidad estatutaria- de la proposición de Ley de regulación de la fiestas tradicionales con toros "no es contrario a la constitución ni al Estatuto de autonomía".

En su dictamen, el consejo recalca que incluso de una interpretación sistemática del artículo 3 "no se concluye", como hace el PPC, que se impediría seguir celebrando "correbous" en los municipios de Cataluña que, hasta ahora, hayan disfrutado de esta fiesta tradicional, como tampoco impedirá -añade- que algunos municipios puedan instaurar esta fiesta, "siempre que acrediten su tradición de acuerdo con la nueva normativa".

Según el PP, con la entrada en vigor de esta normativa se podría impedir que municipios con tradición de "correbous" celebren estos festejos -muy típicos de las comarcas del sur de Tarragona- al no coincidir exactamente con los días de una fiesta tradicional, o bien que entes locales sin tradición de "correbous" puedan implantar en un futuro este tipo de fiestas.

Sobre el supuesto ataque a la autonomía local que según los populares generaría esta normativa, el Consejo afirma que "resulta difícil detectar los motivos de esta vulneración, que parecen centrados en las competencias y en los intereses de los municipios".

En este sentido, el Consejo argumenta que no se puede considerar que la regulación de los espectáculos constituya un elemento esencial o forme parte del núcleo primario de autogobierno de los entes locales que disfruta de una garantía institucional", y concluye que el artículo no vulnera por ello la autonomía local.

Sobre la "discriminación entre municipios del mismo territorio", el CGE invoca la doctrina del Tribunal Constitucional según la cual el derecho a no sufrir "discriminaciones injustificadas" se refiere "sólo a los ciudadanos y no es trasladable a las personas juridicopúblicas".

La decisión del PPC de llevar la proposición de los "correbous" al Consejo de Garantías impidió que ésta se aprobase en el último pleno de esta legislatura como querían los grupos promotores de esta iniciativa, y provocó cierto enfado entre los protaurinos de CiU, que como pago se abstuvieron hace unos días en la votación que acabó con la prohibición de las corridas de toros en Cataluña.

El objeto de la ley es establecer los requisitos y las condiciones que han de cumplir las fiestas tradicionales con toros sin muerte del animal, los "correbous", en las fechas y localidades catalanes donde tradicionalmente se celebran "con la finalidad de garantizar los derechos, los intereses y la seguridad de los participantes y del público, y a la vez la protección de los animales".

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