La Dirección General de Tráfico ha anulado, con fecha 1 de abril de este año, una multa por exceso de velocidad
impuesta en 2010 al conductor kamikaze condenado a 13 años de cárcel
por matar a un joven en Polinyà de Xúquer (Valencia), y que fue
indultado por el Gobierno de Mariano Rajoy. Ramón Jorge R.S. fue
defendido por el abogado Esteban Astarloa, hermano del exsubsecretario
de Justicia y diputado del PP Ignacio Astarloa, y que pertenece al
bufete Uría y Menéndez, donde también trabaja un hijo del ministro
Alberto Ruiz-Gallardón, firmante de la medida de gracia.
La
sanción correspondiente al año 2010 fue pagada por el infractor en 2011,
pero el pasado mes de marzo alegó que él no conducía el vehículo, que
fue multado por exceso de velocidad en un momento en el que él tenía
cautelarmente retirado el carné. Los hechos por los que fue condenado a
13 años de prisión sucedieron en diciembre de 2003, por conducir varios
kilómetros en dirección contraria a alta velocidad por una autopista en
Valencia, hasta chocar frontalmente con otro vehículo que iba en sentido correcto, cuyo conductor resultó muerto y su acompañante, herida.
La
familia de la víctima había incluido la existencia de la multa de 2010
en las alegaciones que ha presentado ante el Tribunal Supremo para pedir
que se revoque el indulto concedido por el Gobierno, porque sostenía que el kamikaze no tenía una "conducta ejemplar", según ha explicado a Europa Press la hermana de la víctima, Loreto Dolz.
El
letrado de la familia ha señalado que ve "llamativo" que este hecho se
haya producido después de la alegación que habían presentado ante el
Tribunal Supremo en enero parar revocar el indulto al kamikaze, donde se
argumentaba precisamente que esta persona tenía una sanción de 2010 por
exceso de velocidad cuando estaba privado cautelarmente del permiso de
conducir.
La resolución que anula la sanción está firmada por la
directora general de Tráfico, María Seguí, con fecha 1 de abril de 2013,
y en ella se acuerda revocar la sanción impuesta en el expediente
relativo a esta persona, y devolverlo a su procedencia. En este caso, se
puso una multa de 300 euros al titular del vehículo por exceso de
velocidad cuando circulaba en 2010 por Benalmádena, sin que se
identificara al conductor.
La multa se abonó con recargo --360
euros-- el 29 de julio de 2011. Posteriormente, en marzo de este año,
presentó un escrito para anularla alegando que no conducía el vehículo y
el pasado mes de abril, la Dirección General de Tráfico revocó la
sanción. Según la familia, el abogado del 'kamikaze' ya ha comunicado
esta anulación al TS, según la hermana.
El letrado de la familia
ha subrayado que "no es habitual" que se anule por parte de Tráfico una
sanción ya pagada por un infractor, --que en este caso ha recurrido años
después--, y cree que esto puede tener influencia en el expediente que
se está tramitando en el alto tribunal, al no incluirse esta
circunstancia.
Loreto Dolz ha apuntado que no salen "de su asombro" ya que en este caso "llueve sobre mojado" y "cada vez vemos circunstancias más extrañas".
"Si ya es extraño un indulto con pronunciamientos en contra, que se
conmuten 13 años de cárcel por una multa, es extraño el apellido del
abogado que lo defendió, la rapidez de la concesión y los escasos meses
en prisión, se añade que cuando la familia presenta las alegaciones de
que estaba sancionado en 2010, se anule la sanción", ha indicado.
Al
respecto, ha hecho hincapié en que la directora general de Tráfico,
dependiente del Ministerio del Interior, ha firmado la anulación en el
"tiempo récord de 20 días" y ha subrayado que, en este caso, la multa
que se ha devuelto se abonó, se asumieron las consecuencias y se
recurrió después, por lo que se ha preguntado por qué no se hizo dos
años antes.
"Es tan evidente para la familia como debe serlo para
los demás", ha dicho, y ha cuestionado que el "sentido común dicta que
no debe ser algo habitual", máxime cuando "cada vez Tráfico multa más".
No obstante, ha indicado que el TS que debe pronunciarse sobre este
caso podrá ver las fechas en las que se han dado todos los pasos y como
ha sido la evolución del proceso.
El conductor kamikaze fue
condenado a 13 años de prisión por un accidente registrado en 2003 en la
AP-7, en Polinyà del Xúquer, y que se saldó con la muerte de un joven.
En el TS se tramita un recurso interpuesto por la familia de la víctima
del joven contra la decisión de indulto concedido por el Ejecutivo central el 7 de diciembre de 2012.
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