Caixa Layetana, integrada actualmente en Bankia, fue durante décadas
el pulmón financiero de Mataró (Barcelona). Un matrimonio de ancianos,
él de 81 años y hoy con alzhéimer y ella una modista jubilada de 80
años, llevaron allí sus primeros ahorros cuando tenían solo 16 años.
Entonces, no podían ni imaginar cómo se la iba a jugar la entidad en la
que habían depositado su confianza durante toda una vida.
Afortunadamente para ellos, el Juzgado de primera Instancia de su
localidad, les ha dado la razón en la demanda que habían interpuesto por
la comercialización de diferentes emisiones de participaciones
preferentes.
En 2002, cuando las participaciones preferentes
eran un producto todavía destinado principalmente a los inversores
cualificados y no a minoristas, desde Caixa Layetana se les recomendó
invertir en este activo. El matrimonio siguió el consejo y destinó
30.000 euros a un producto sobre el que no habían oído hablar, pero del
que desde su oficina les aseguraban que era similar al depósito
tradicional.
En 2011 todos los bancos y cajas ya se habían lanzado a fortalecer
sus balances a costa de los pequeños ahorradores con la venta de
preferentes. Entonces ya habían surgido los primeros fiascos con este
producto, pero el matrimonio de Mataró volvió a seguir el consejo de sus
asesores bancarios e invirtieron 6.000 euros en preferentes.
Esta operación, sin embargo, tuvo sensibles diferencias con respecto a
la efectuada nueve años atrás. En primer lugar, el marido tenía muy
avanzada la enfermedad de Alzheimer, que le fue diagnosticada en 2004,
hasta tal punto que se quedó fuera del despacho donde recibieron a su
mujer a pesar de que parte del dinero que se iba a invertir era de su
propiedad. Además, como consecuencia de la entrada en vigor de la
normativa europea MiFid, a la señora se le realizó un test de
conveniencia. Esta prueba dio un resultado negativo, es decir, las
preferentes eran un producto complejo que no encajaban con su perfil de
riesgo y sus conocimientos financieros.
Esta situación, que debía haber obligado al asesor a desaconsejar la
compra de las preferentes, no fue un obstáculo. La subdirectora de la
oficina, según el relato del auto judicial, forzó a la anciana a firmar
el contrato (donde no se indicaban los principales riesgos del producto)
sin consultarlo con terceros ni tener tiempo para reflexionar la
decisión. En declaraciones al juez, la empleada de la entidad admitió
que en ese momento ni ella misma sabía cuáles eran las diferencias
fundamentales entre un depósito y una preferente.
Por todo ello, el juez obliga a Bankia en su sentencia a devolver la
inversión realizada en 2002 y 2009 al matrimonio, además de pagarles los
correspondientes intereses. Asimismo, condena duramente a los empleados
de la entidad por su comportamiento con la persona enferma de
alzhéimer. “Es difícil entender cómo gente mayor, ahorradores
tradicionales de toda la vida, esencialmente preocupados a determinada
edad por poder tener siempre disponibles sus ahorros (…) pueden libre y
voluntariamente suscribir un contrato de operaciones financieras
complejas”, explica la sentencia.
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