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domingo, 2 de septiembre de 2012

Ryanair sigue dejando a niños sin DNI en tierra pese a ser condenada por ello

El último episodio ocurrió ayer en Menorca. Ryanair sigue denegando el embarque a niños por no tener el DNI, a pesar de que los menores de 14 años no tienen obligación de tenerlo ni tampoco lo exige la legislación española de transporte aéreo –basta con presentar el libro de familia– y cuando, además, la low cost irlandesa ya ha sido condenada por la justicia española por esta práctica.

Un juzgado de Barcelona declaró "nula de pleno derecho" y que "vulnera" la legislación española la cláusula en que exige el DNI a los menores en una sentencia de marzo del año pasado y condenó a la empresa a pagar 1.469 euros a una familia a la que se le negó el embarque de su hijo de tres años.

Un juzgado de Córdoba resolvió igual en abril de este año, obligando a Ryanair a indemnizar con 3.201 euros a una pareja con dos menores, uno de tres años y otro de seis meses. La historia se repitió ayer en Menorca y el caso también acabará en el juzgado.

Un matrimonio residente en Madrid, con dos hijas, de uno y dos años, lo sufrió en el aeropuerto de Mahón. La compañía rechazó que las niñas pudieran subir al avión, pese a aportar los padres el libro de familia como establece el Plan Nacional de Seguridad en la Aviación Civil española. Ello provocó que perdieran los billetes, que les habían costado 427 euros, y que tuvieran que comprar otros en otra compañía, por 547 euros más, en un vuelo que salía cinco horas después.

El padre, abogado de profesión, denunció los hechos ayer mismo ante la Guardia Civil y confirmó a este diario que también presentará una demanda contra Ryanair en los juzgados. En Mahón, le explicaron, "por lo menos hay un caso al día" y la Guardia Civil tramita denuncias administrativas contra Ryanair.

La aerolínea, única en España que aplica esta medida, se justifica por tener su domicilio social en Irlanda y regirse por su propia normativa nacional y porque los clientes aceptan su cláusula de que todos los pasajeros deben presentar documentación identificativo con fotografía. La justicia española, sin embargo, ha rechazado esos argumentos en los vuelos nacionales porque debe cumplir la legislación española y no exigir "ni más ni menos requisitos".

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