Para el Ayuntamiento de Barcelona no hay crisis a la hora de devolver
el dinero de las multas o no cobrar por infracciones. Las señales de
tráfico en Barcelona --y en prácticamente toda Cataluña-- no cumplen con
la normativa legal vigente, que establece que deben estar en los dos
idiomas oficiales de la Comunidad. Actualmente, solo están en catalán.
Cualquier persona que haya sido sancionado (por ejemplo con las
multas de aparcamiento) puede recurrir vía administrativa al Consistorio
y exigir la devolución de la sanción. Estos casos --publicado en
diversos medios en 2009: El Ayuntamiento de Barcelona prefiere no cobrar las multas de tráfico antes que señalizar en castellano--
se siguen produciendo, ante la negativa del Consistorio de adaptar las
señalaes de tráfico a la legalidad, según ha publicado La Voz de Barcelona.
RÓTULO SOLO EN CATALÁN
Un ciudadano que responde a las iniciales JRG, a principios de 2009,
aparcó su vehículo en una zona señalizada con un rótulo de prohibido
parar y estacionar acompañado de un texto, exclusivamente en catalán,
que indicaba: "Senyalització Excepcional per obres. Gràcies per la seva
col.laboració", y añadía la fecha en la que entraba en vigor la
prohibición.
Al día siguiente, su coche fue multado y retirado por la grúa
municipal a un depósito. Tres días después, JRG recogió su coche de las
instalaciones muncipales, previo pago de 225 euros correspondientes a la
tasa de grúa y al coste de la estancia en el depósito.
Meses más tarde, decidió acudir a una oficina de distrito del
Consistorio para interponer un recurso (adjuntando dos fotos de la
señal) en el que solicitaba la anulación de la sanción. El motivo
alegado fue el siguiente:
La señal del Ayuntamiento de Barcelona en la que se indicaba que no se podía estacionar el vehículo estaba escrita exclusivamente en catalán, incumpliendo el artículo 56 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que establece que "las indicaciones escritas de las señales se expresarán al menos en el idioma español oficial del Estado"; también incumple el artículo 138 del Reglamento General de Circulación, que indica que "las indicaciones escritas que se incluyan o acompañen a los paneles de señalización de las vías públicas, e inscripciones, figurarán en idioma castellano y, además, en la lengua oficial de la comunidad autónoma reconocida en el respectivo estatuto de autonomía, cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha comunidad".
A mediados de 2010 le fue embargada la cuenta corriente por 110
euros, correspondientes al importe de la sanción, ya que el recurso lo
presentó fuera del plazo de los 15 días posteriores a la notificación de
la multa.
PP Y CIUDADANOS PROTESTAN
Sin embargo, pese a recurrir fuera de plazo, JRG recibió --a mediados
de noviembre-- una resolución del Ayuntamiento en la que se le notifica
que "efectuadas las comprobaciones oportunas, se ha procedido a anular
la sanción impuesta por infracción en los preceptos de la Legislación
sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial".
Además, se le indicaba que "si las multas han sido pagadas" debía
comunicar el número de cuenta donde quiere que se le realice la
transferencia correspondiente, cosa que ya ha realizado y está a la
espera de que se le reembolse el importe de la multa y de la grúa.
El Ayuntamiento considera que este tipo de recursos son casos
aislados --seguramente por el desconocimiento del usuario que no sabe
que el Consistorio incumple la normativa-- y no tienen previsto cambiar
las señales para adaptarlas a la ley. PP de Barcelona y Ciudadanos han
protestado por una situación irregular que CiU no quiere corregir.
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