Una pareja con una hija de ocho años no será desalojada de su vivienda, sobre la que pendía una orden de derribo, porque las autoridades españolas no les garantizan una alternativa habitacional adecuada.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha puesto en entredicho la política española de vivienda por segunda vez en dos meses. En esta ocasión, el tribunal de Estrasburgo ha vuelto a sentar precedente al suspender de manera cautelar el derribo de una vivienda familiar en la Cañada Real Galiana, antigua vía pecuaria de la Comunidad de Madrid donde miles de familias, de manera irregular pero tolerada e incluso reconocida por las administraciones, se han ido asentando en los últimos 40 años en seis sectores repartidos entre las ciudades de Madrid, Coslada y Rivas.
Desde
2007, más de 250 viviendas de Cañada han sido demolidas por las
administraciones, dejando en el desamparo a sus habitantes, que a menudo
habían llegado a ellas en situación de precariedad y por la falta de
alternativas habitacionales. El caso de Mohamed Raji era uno de ellos.
De 47 años, con mujer y una hija de ocho años, Raji vivía y trabajaba en
Madrid desde hace 20 años, pero la crisis lo abocó al paro y en
2010, con pocos recursos y después de cuatro años solicitando una
vivienda social tanto al Instituto de Vivienda de Madrid (IVIMA) como a
la Empresa Municipal de Vivienda sin obtener una respuesta favorable,
decidió mudarse a una casa en la Cañada Real, sin saber que sobre ésta ya pesaba sentencia de derribo, cuya notificación recibió meses después.
A pesar de los requerimientos de Javier Rubio, abogado de la familia, invocando los artículos 3 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el
Tribunal de lo Contencioso decidió ratificar la demolición, y
posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se negó a
suspender el desalojo de manera cautelar mientras se tramitaba el
recurso interpuesto. “Ante el derribo inminente, solicitamos amparo ante
el TEDH alegando una posible vulneración de derechos fundamentales y la
inexistencia de vías efectivas en España para proteger estos derechos
mientras se tramita un recurso”, explica Rubio.
Igual que ocurrió en diciembre con el caso de una familia que, ante la falta de alternativas, ocupa una vivienda del Ivima, el
TEDH requirió al Gobierno español para que explicase qué alternativas
habitacionales iba a proponer a los afectados. La respuesta del Gobierno
y del Ayuntamiento de Madrid, que proponían enviar a la familia a un
albergue entre 7 y 15 días, no satisfizo al tribunal, que dictaminó el 31 de enero la paralización del desalojo.
“Hay
garantías que deben cumplirse, como la de que todas las personas tienen
derecho a un alojamiento alternativo adecuado. El alojamiento
alternativo propuesto a esta familia por el Ayuntamiento de Madrid es de
emergencia, temporal, no satisface los requerimientos del derecho
internacional a una vivienda adecuada y deja a las personas en una
situación de total desprotección”, explica Marta Mendiola, responsable
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Amnistía Internacional,
que ha recibido “con satisfacción” la decisión del TEDH, decisión que
“supone un nuevo recordatorio para el Estado español de que tiene
obligaciones jurídicamente vinculantes con respecto al derecho a la
vivienda que afectan a todas las autoridades a nivel central, autonómico
y local”. Mendiola añade que “los desalojos efectuados sin
salvaguarda de derechos han sido calificados por diversos organismos de
la ONU como violaciones graves de derechos humanos y son contrarios a la
legalidad internacional”.
Precisamente, el pasado 28 de enero el
relator especial de Naciones Unidas sobre Racismo, Discriminación
Racial y Xenofobia, Mutuma Ruteere, declaraba tras una visita a la
Cañada Real que “es necesario atender con carácter urgente la situación
de desalojos forzados de las zonas de la Cañada Real y Puerta de Hierro
en Madrid, y encontrar soluciones inmediatas y a largo plazo a los
problemas relativos al acceso a una vivienda adecuada y a los servicios
en dichos lugares. Estas situaciones son simplemente inaceptables y
España debería encontrar una solución integral para estas víctimas”.
Negociaciones y derribos
A
pesar de la aprobación en 2011 de la Ley de Cañada y de que en los
últimos meses los ayuntamientos de estas tres localidades, la Comunidad
de Madrid, asociaciones y vecinos afectados han iniciado un proceso de
negociación que debería desembocar en una solución para sus habitantes,
en los últimos dos años se han producido al menos 15 derribos y en meses
pasados numerosos vecinos recibieron notificaciones para abandonar sus
viviendas. “En ningún caso se previó un alojamiento alternativo y
tampoco había previsión sobre la situación social o sobre si contaban
con medios económicos, de modo que tenemos casos en que los derribos han
dado lugar a personas sin hogar”, explica Javier Rubio, que mantiene
que “se puede decir que los derribos anteriores que no tenían estas
previsiones constituyeron violaciones de derechos humanos, por lo que se
puede pensar en algún tipo de medida”.
No ha sido hasta
el 30 de enero cuando el Ayuntamiento de Madrid ha anunciado la
paralización de los derribos en Cañada, vinculados a 141 órdenes de
demolición, en nombre de “su voluntad inequívoca de contribuir para
generar el mejor clima social posible hasta que se alcance el acuerdo
marco previsto en la ley”. Casualmente, este anuncio se producía días
después del requerimiento por parte del tribunal europeo y pocas horas
antes de que éste pronunciara la orden de suspensión. “Hasta hoy los
habitantes de Cañada nos sentíamos desprotegidos, y con esta decisión
sentimos que podemos negociar con la administración con más protección”,
explica Mohamed Raji.
Según Javier Rubio, “la consideración del
tribunal tiene importancia no sólo para Cañada, sino también para el
derecho a la vivienda. Aunque se reconoce este derecho en el artículo 47
de la Constitución, no es invocable ante los tribunales españoles, y de
alguna manera la decisión del TEDH es un toque de atención sobre las
autoridades españolas porque, en la medida en que no hay recursos
efectivos para los ciudadanos ante estas agresiones, se está
incumpliendo el Convenio de Roma y se están vulnerando los derechos
humanos”.
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