A partir del 14 de Diciembre de 2009 , empieza a tener vigor la nueva Ley de Extranjería, 2/2009, del 11 de diciembre.
Una nueva reforma de la Ley que entra en vigor.
.
Novedades de la ley más importantes:
.
Título Preliminar
• Artículo 2 bis La Política inmigratoria
• Artículo 2 ter. Integración de los inmigrantes
.
Título I
• Art. 7 Derecho de reunión
• Art. 8 Libertad de asociación
• Art. 11 Libertad de sindicación y huelga
• Art. 22. 3 asistencia jurídica gratuita
• Art.9.2 derecho a la educación y el acceso a becas y ayudas
• Art. 6 Participación pública
• Art. 13 Derechos en materia de vivienda
• Arts. 17 a 19 Reagrupación familiar
.
Título II
• Art. 25 5 Registro de entradas y salidas
• Art. 32. Residencia de larga duración
• Art. 27. 6 Motivación de los visados
• Art. 31 bis Residencia temporal y trabajo de mujeres víctimas de violencia de género.
• Art. 59 Colaboración contra redes organizadas
• Art. 59 bis Víctimas de la trata de seres humanos
• Art. 38.2 y 6 catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, renovación de autorizaciones
• Art. 35 Menores no acompañados
.
Título III
• Art. 53.2 También son infracciones graves
• Art. 62 Internamientos
• Art.57.4 y 58.2 plazo de cumplimiento voluntario de la orden de expulsión
.
Disposiciones
• DA. 1ª Plazo máximo para resoluciones de expedientes y efecto del silencio
• DA 3ª Lugares de presentación de las solicitudes y exigencia de comparecencia persona
• DA 4ª Inadmisión a trámite de solicitudes
• DA 5ª Acceso a la información, colaboración entre Administraciones públicas y gestión informática de los procedimientos
• DA 9ª Autorizaciones autonómicas de trabajo en origen.
• DA 4ª (Reforma) Modificación de la LO Poder Judicial (Jueces de vigilancia de los CIES).
• DA 5ª (Reforma) Modificación de la Ley del Registro Civil (Nacionalidad por residencia).
.
Descarga la reforma y el texto comparado, haciendo click:
* Texto LOEX reforma 2/2009 (BOE 12/12/09)
.
* Texto comparado LOEX 4/2000 y 2/2009
Elaborado por ( ABEDIE ) - Asociación de Abogados Europeos de Inmigración y Extranjería
Fuente: www.losyoruguas.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario