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viernes, 24 de agosto de 2012

Desahucios en 10 días para los inquilinos que se retrasen con el pago del alquiler

Los inquilinos que se retrasen en el pago de su renta de alquiler podrán ser desahuciados si no cumplen en el plazo de 10 días. Es la medida estrella del Proyecto de Ley que presenta este viernes el Ministerio de Fomento en el Consejo de Ministros, que incluye una batería de medidas administrativas, judiciales y fiscales que buscarán "agilizar y flexibilizar" el mercado de alquiler.

Los desahucios se harán con la presencia de un funcionario, y no dos como hasta ahora

La ley que se aprueba hoy no modifica las medidas anunciadas por Ana Pastor en el anteproyecto presentado de mayo, que introdujo tres cambios fundamentales en materia de morosidad:

Primero: Los caseros podrán denunciar a un inquilino moroso a partir del primer mes de impagos, cuando antes debían hacerlo a partir del segundo mes.

Segundo: Acorta a 10 días el plazo que el inquilino tiene para alegar, una vez que el casero acude a un juzgado a poner una denuncia por impago de la renta. Antes, el plazo era de un mes. Si no lo hace, el juez podrá dictar la resolución del contrato de manera inmediata.

La prórroga forzosa de los contratos será de tres años, en lugar de los cinco que dictaba la LAU

Tercero: El proceso de desahucio se puede llevar a cabo con la presencia de sólo un funcionario, cuando antes se necesitaban dos, con lo que se pretende multiplicar por dos la actividad judicial y acortar el espacio de tiempo que va desde que el juez dicta la sentencia hasta que se produce el desalojo, que suele alargarse unos cuatro meses de media.

El anteproyecto de Fomento pretende elevar el porcentaje de población que recurre al mercado en alquiler (un 17%). Pero el espíritu de la Ley ha cambiado en los últimos meses fruto de las presiones europeas y también busca dar salida comercial a tres millones de viviendas vacías más cerca de 700.000 sin vender. Este 'stock', que en su mayor medida permanece actualmente en los balances de las entidades financieras, podrá ser ofrecido en alquiler bajo condiciones fiscales ventajosas.

El Proyecto de Ley también incluye medidas para reforzar la libertad de arrendadores y arrendatarios a la hora de formalizar los nuevos contratos y reduce la prórroga forzosa del contrato de cinco a tres años.

Otras de las medidas de la nueva ley será que las partes podrán pactar la actualización de las rentas al margen del IPC. Además, los inquilinos podrán abandonar la vivienda avisando con un mes de antelación y el casero podrá recuperar la casa para uso familiar informando con dos meses.

Completar al 'banco malo'

En vísperas de la creación del denominado "banco malo" al que el sector financiero podrá traspasar sus activos inmobiliarios tóxicos, las entidades financieras que acumulan viviendas, suelo, locales comerciales y oficinas se verán beneficiadas por la nueva Ley si utilizan como vehículo comercial las denominadas Socimi (Sociedades Anónimas de Inversión Inmobiliaria). El impuesto de sociedades sobre estas empresas de alquiler será cero y su tributación se aplicará sobre un 80% de los dividendos.

De esta manera, además de hacer más atractiva la oferta de alquiler inmobiliario, Fomento quiere que inversores extranjeros que tienen la posibilidad de comprar a los bancos activos a bajo precio dispongan de una salida comercial inmediata que no sea la reventa a corto plazo de esos inmuebles. El plazo de mantenimiento en cartera de los inmuebles baja de siete a tres años y se reduce a un tercio (5 millones) el capital social mínimo para constituir una Socimi.

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