Los jueces deben ser independientes, o sea, estar protegidos de los factores de poder, sean de la naturaleza que fuesen. Esa independencia externa les
posibilita el ejercicio de su función, decidiendo conforme a su
comprensión del derecho que, como es sabido, no es única ni unívoca. Si
bien hay cuestiones de única solución, éstas no son las más delicadas,
en las que pesa la cosmovisión que tenga cada intérprete del derecho. Se
sabe que en el campo de la discusión jurídica, no es lo mismo un juez
conservador que uno liberal.
Pero esta independencia externa no
basta para garantizar la función judicial, pues el juez no puede
decidir conforme a su entendimiento del derecho si no goza de
independencia interna dentro del propio Poder Judicial.
Una judicatura bien organizada, en el marco de un estado de derecho, sólo logra la imparcialidad cuando
se garantiza el pluralismo ideológico, o sea, cuando sus integrantes
tienen diferentes concepciones y consiguientes interpretaciones del
derecho. No hay otra imparcialidad posible, porque como bien decía Carnelutti, los humanos no podemos ser imparciales porque todos somos parte. El
juez es un ser humano, con su sistema de ideas y preferencias, su
propia concepción del mundo y su consiguiente interpretación del
derecho.
Una judicatura democrática debe garantizar el
pluralismo en el entendimiento del derecho y, por tanto, el debate
interno. Lo contrario es suponer que hay Übermenschen,
superhumanos, que están más allá de los valores, y por suerte éstos no
existen, o los pocos que existen están bajo tratamiento psiquiátrico.
Para garantizar el pluralismo como condición de imparcialidad democrática, el juez debe gozar de independencia interna, es decir, de garantías ante los propios cuerpos colegiados de la judicatura.
Un
Poder Judicial no es una corporación vertical ni mucho menos. Es sabia
la disposición de la Constitución Italiana, que dispone que no hay
jerarquías entre los jueces, sino únicamente diferencia de competencias.
Tan juez lo es el del tribunal de última instancia como el de primera.
La pluralidad de instancias sirve para hacer prevalecer la decisión de
los jueces del cuerpo plural, pero éstos no pueden impartirle órdenes a
los de primera instancia en cuanto al modo de decidir en derecho, pues
son tan jueces como ellos. Si sus decisiones no coinciden con las de los
jueces de instancias menores, lo que deben hacer es revocar lo
decidido.
El modelo de Poder Judicial corporativo, donde no hay
independencia interna, hace que los cuerpos colegiados supremos
consideren a los otros jueces como sus subordinados o amanuenses, que
deben repetir sólo lo que éstos deciden.
El origen del modelo
judicial corporativo es napoleónico y cundió por toda Europa en el siglo
XIX, hasta su desprestigio político en el siglo XX, porque los jueces
alemanes no se inmutaron cuando se separó a los jueces judíos, los
franceses en masa juraron fidelidad al gobierno de Vichy, los italianos
siguieron funcionando sin problema bajo el fascismo y los españoles y
portugueses bajo el franquismo y el salazarismo.
Más allá de todas las consideraciones que merezca el Caso Garzón en
cuanto a intencionalidad ideológica y cualquiera que sea la simpatía o
antipatía que despierte su conducta, lo cierto es que la condena del
Supremo español representa un peligro para todos los jueces del mundo,
por el ejemplo de autoritarismo y verticalismo interno que pone de
manifiesto.
La intolerancia de un cuerpo supremo a los criterios
dispares de los jueces de primera instancia revela una decisión que
pone fin a la independencia interna de los jueces y consagra una
dictadura de los órganos supremos.
El Caso Garzón no
es un juicio a un juez, sino una agresión incalificable a la
independencia interna de los jueces y una regresión al modelo
napoleónico de verticalismo interno corporativista, incompatible con una
magistratura democrática.
Cualquier juez del mundo, ante
semejante ejemplo, puede pensar qué le puede suceder a él, mucho menos
conocido públicamente. Es una peligroso mensaje a los jóvenes, de
carácter disciplinarista, autoritario, vertical, que busca asegurar un
pensamiento único dentro de una judicatura.
No olvidemos que el
juez de primera instancia tiene mucho poder inmediato, pero decide en
soledad, lo que lo hace más vulnerable al temor que le puede infundir un
cuerpo supremo que pierde su camino y olvida que su función es
precisamente la de garantizar la independencia interna, sin perjuicio de
la responsabilidad que le incumbe de corregir lo que no comparte en una
instancia definitiva.
El daño que esto provoca a la
independencia judicial es enorme. El ejemplo puede cundir. La sensación
de poder que deriva de un sitial en el cuerpo supremo de cualquier país
puede sentirse estimulada con semejante decisión aberrante. En
particular puede suceder en Europa, donde se avecinan conflictos serios y
difíciles. Otros cuerpos supremos pueden verse tentados de desviar su
competencia y confundir ésta con una jerarquización corporativa. La
publicidad mundial del caso puede facilitar la confusión de competencia
con superioridad jerárquica.
La importancia de la independencia
interna es fundamental. La violación de la independencia externa es
escandalosa pero esporádica, en tanto que el desconocimiento de la
independencia interna se sufre cotidianamente y en cualquier caso, abre
las puertas a todos los vicios burocráticos, las insidias y las
habladurías, la hipocresía y el servilismo al pretendido superior, los
jueces pierden ciudadanía para pasar a la condición de súbditos sumisos
del cuerpo máximo.
Ante este avance contra la independencia
interna de los jueces, sea cual fuese el juicio personal acerca del juez
Garzón, de sus ideas y de su conducta, los jueces del mundo no pueden
quedar callados, pues el silencio implica serruchar la rama en que todos
están sentados.
Eugenio Raúl Zaffaroni.
Magistrado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Uno
de los juristas más leídos y citados del derecho penal y la criminología
en el mundo de habla hispana. Su último libro se llama “La Pachamama y
el humano” y está prologado por Osvaldo Bayer y editado por las Madres
de Plaza de Mayo.
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