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jueves, 11 de febrero de 2010

Omar Gutiérrez candidato del FA en San José

Finalmente, el conocido y popular comunicador y conductor Omar Gutiérrez será suplente de los dos candidatos por el Frente Amplio en San José. Ellos son Walter De León y Julio Callorda.

Gutiérrez dijo que "es un honor" integrar las listas del FA.

El jueves por la noche se conocieron los candidatos frenteamplistas que acompañarán a la candidatura de Walter De León y que estarán en la primer línea de suplentes, Gutiérrez se encuentra en el tercer lugar y de la misma manera estará en la plancha electoral que presentará Callorda.

El primer suplente de Walter De León es un dirigente de Asamblea Uruguay, Juan Carlos Alfaro, el segundo es Héctor Figueroa que proviene de los comités de base de Ciudad del Plata y en tercer lugar se encuentra Gutiérrez.

El candidato a las municipales de mayo brindó una conferencia de prensa en el departamento maragato y según consta en medios locales destacó la importancia de que Gutiérrez esté integrado a las dos candidaturas frenteamplistas y adelantó que se está analizando la posibilidad de realizar en el mes de marzo un acto de masas para presentar, primero a los diferentes grupos que respaldan su postulación y más adelante un segundo acto donde se priorice los candidatos a ediles que acompañarán su postulación desde cada sector.

La plancha electoral del segundo candidato maragato, Callorda llevará como primera suplente a la Dra. Araceli Rodríguez, segunda será la Esc. Eloísa Friade de Ciudad del Plata, la tercera suplencia para Omar Gutiérrez y la cuarta para el dirigente histórico Dr. Joaquín Rossi.

IUPE: no validan recibidos de sedes no autorizadas

Las personas que terminaron sus estudios en sedes no autorizadas del Instituto Universitario de Punta del Este (IUPE), deberán recursar al menos un tercio de sus estudios en otra institución privada para obtener un título válido.

El Ministerio de Educación y Cultura ya tiene un proyecto de resolución para revocar el permiso al IUPE. Según el director de Educación, Luis Garibaldi, probablemente esté firmado por la ministra de la cartera, María Simon, a fines de la semana próxima. Luego se elevará a Presidencia.

La resolución estará acompañada con un decreto donde se establecen las "soluciones para los estudiantes", dijo Garibaldi. En el caso de los estudiantes de Maldonado, se permitirá que instituciones privadas revaliden sus estudios por encima del límite de los dos tercios que establece la reglamentación vigente. En el caso de las sedes no autorizadas (de Treinta y Tres, Durazno, Melo y Rivera), se permitirá que los estudiantes revaliden hasta los dos tercios en otras instituciones privadas, y no se distingue en este caso a los estudiantes y los que terminaron sus estudios. "No vamos a registrar títulos de sedes no autorizadas. Ya sería excesivo", indicó Garibaldi.

El decreto no se pronuncia sobre la Universidad de la República, ya que como ente autónomo se maneja por ordenanzas propias.

Petrobras y Ancap firmaron acuerdo para la perforación de bloques de la plataforma continental

Petrobras, en sociedad con YPF y Galp Energía, firmó hoy con Ancap, empresa estatal petrolífera de Uruguay, el contrato que habilita la exploración y producción de petróleoy gas natural en la plataforma continental uruguaya.

La modalidad de contrato firmada es la de "producción compartida", que implica la participación del gobierno uruguayo en la producción.

Esta firma concluye el proceso de licitación de los bloques exploratorios en las cuencas sedimentarias de Pelotas y Punta del Este, promovida en julio del año pasado por el gobierno de Uruguay Ronda Uruguay 2009, en la cual la sociedad presentó la mejor oferta por el bloque 3 y el bloque 4, ubicados en la región sur - sudoeste de la cuenca de Punta del Este.

El bloque 3 está localizado a 300 kilómetros de la costa, con una profundidad entre 200 y 1.500 metros, y el bloque 4 está ubicado a 1.500 kilómetros y a una profundidad entre 100 y 200 metros.

Petrobras será la operadora del bloque 4 (40%), con igual participación por parte de YPF, en tanto Galp Energía tiene el 20%. En el bloque 3 Petrobras posee un 40% de participación y será operado por YPF (40%), mientras que Galp Energía tendrá el 20% de los derechos.

PLAZOS

La compañía tendrá un período de cuatro años para estudiar los datos sísmicos y decidir si lleva a cabo actividades de perforación. Los compromisos asumidos por Petrobras en la licitación fueron la compra del estudio sísmico 2D y la conclusión del reprocesamiento de datos ya existentes.

Petrobras es reconocida mundialmente como una de las empresas líderes en la exploración y producción de petróleo en aguas profundas. Para la compañía, su actuación en Uruguay es importante para la integración energética del Cono Sur.

UN AÑO ATRÁS

En febrero de 2009 Petrobras se convertía en la primera empresa en comprar los pliegos de condiciones para explorar nuestro subsuelo en busca de hidrocarburos.

El proceso, como ya informara LA REPUBLICA, se inició con el decreto N°239/008 firmado por el presidente de la República, Tabaré Vázquez, el 20 de mayo de 2008. En el mismo, el Poder Ejecutivo encomendó a Ancap llevar adelante todas las tareas necesarias para la realización de la "Ronda Uruguay 2009", que básicamente consistió en un llamado a interesados para la adjudicación de contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en áreas de la plataforma continental uruguaya.

La Ronda Uruguay realizada en Montevideo contó con la presencia de 12 empresas petroleras de proyección mundial, a las que se les informó durante tres días sobre las perspectivas de yacimientos petrolíferos y gasíferos en aguas territoriales uruguayas. Posteriormente, Ancap realizó una nueva exposición en el Club de los Petroleros, en el edificio de Exxon, en Houston, Estados Unidos. Esta vez, el tiempo invertido fue de un día y se informó sobre Uruguay, sus leyes, su marco jurídico en torno a las inversiones, la propuesta específica de Ancap de negocios y extracción, y los estudios realizados.

800 armas blancas fueron requisadas en la cárcel de Canelones

En un operativo conjunto entre varias unidades del Ministerio del Interior (MI), que contó una vez más con la presencia de veedores civiles, la Policía efectuó una importante requisa en la cárcel de Canelones. Se incautaron más de 800 cortes carcelarios, una veintena de celulares, una planta de marihuana, escabio y hasta una gallina.

El sorpresivo y bien planificado despliegue de las fuerzas, que fue ordenado por el propio ministro del Interior, Jorge Bruni, comenzó simultáneamente a primeras horas de la mañana de ayer, miércoles 10 de febrero, cercano a las 7.00, en los tres sectores de la cárcel Departamental de Canelones.

Horas antes, los uniformados al mando del jefe de la Policía Nacional Sidney Ribeiro y del jefe de Policía canario Tabaré Gordiola, fueron citados para la realización de un operativo que no sabían donde se realizaría. Desde ese punto marcharon en caravana hasta el mencionado centro de reclusión.

Del mismo participaron unos 120 funcionarios pertenecientes a distintas unidades ejecutoras del Ministerio del Interior, como ser Bomberos, la Metropolitana, GEO, Brigada Antidrogas, Jefatura de Policía de Canelones y Montevideo, Cárceles y Policía Caminera, a los que hay que sumarle las integrantes de la guardia interna de la cárcel que estaban de servicio a esa hora.

Este accionar de los efectivos, que finalizó próximo a las 13.00 horas de la pasada jornada, culminó con una importante requisa en los módulos I y II, y en las seis barracas del centro de reclusión, durante el cual, destacó Gordiola, los internos mantuvieron una "tranquilizadora calma", agregando que "no hubo ningún tipo de desmán. Los reclusos acataron la medida y se manejaron con un profundo respeto hacia los funcionarios. Sin agresiones verbales ni físicas".

POBLACIÓN JOVEN

El jerarca además dijo que al momento de la requisa había 966 de los 1.119 reclusos que en la actualidad están en el centro de reclusión canario.

El restante se encontraba o con salidas transitorias o internados por padecer algún problema de salud.

Estos, que en su mayoría tienen entre 18 y 25 años, están divididos de la siguiente forma: 280 en el módulo I, 453 en el II, y los restantes 223 en las seis barracas.

Durante el mismo se encontraron más de 800 cortes carcelarios de distintos tamaños: 250 de menos de 45 cm, 200 de más de 45 cm, 100 puntas de hierro, 100 puntas de madera y 150 lanzas de más de un metro de largo, todas confeccionadas con elementos que los presos extrajeron de la misma cárcel.

Además se decomisaron 24 celulares, cinco de los cuales tenían sus chips, cerca de 70 litros de escabio (bebida carcelaria alcohólica), 20 "tucas" (implemento utilizado para consumir drogas), una planta de marihuana, algunos recipientes con una sustancia blanca (que será analizada en las próximas horas para determinar de que se trata, aunque podría ser cocaína), y hasta una gallina y un perro que eran mascotas de los internos.

Durante la misma conferencia de prensa, donde Gordiola informó acerca del operativo, Ribeiro explicó que la intención de estas requisas, como la sucedida hace 15 días en el Comcar, "es evitar que se propicien los enfrentamientos, ya que al sacar las armas y la droga, hay menor elementos de roce entre los internos".

Consultado acerca de si se seguirán realizando este tipo de acciones en las cárceles de todo el país, el jerarca señaló que "sería bueno, por los mismos motivos que expliqué con anterioridad, pero esa determinación, como ya dije, pasa por la decisión del ministro".

En otro orden, y al preguntársele a Gordiola de dónde sacan el material los presos para elaborar los cortes, o cómo entran los celulares a la cárcel, aclaró que "las barras de hierro las extraen luego de romper la tapas de las cámaras sépticas o de los bancos de material que existen en la cárcel", y añadió que "los celulares los arrojan con boleadoras, durante la noche o desde los viñedos linderos. Estos caen en el patio y son tomados por los presos".

DEFENSA DE LAS POLÍTICAS DE DDHH

Según informaron a LA REPUBLICA fuentes ministeriales, este operativo, supervisado directamente por el director de la Policía Nacional, Sidney Ribeiro, bajo los lineamientos establecidos por el propio titular del Ministerio del Interior, "obedece a la política de transparencia y cristalinidad con la que viene trabajando desde hace varios meses".

Las mismas fuentes agregaron que "esto se traduce en la mejora en los controles de ingreso así como en la realización de minuciosas requisas como la de esta jornada".

En la misma participó como "veedora", una vez más, la presidenta de la Comisión Bicameral de Seguimiento Carcelario, diputada Daniela Paysée. También fue invitado el comisionado parlamentario para el sistema penitenciario, doctor Alvaro Garcé, quien no pudo concurrir en esta oportunidad ya que se encuentra de viaje.

"Esta participación de civiles durante un operativo de estas características es importante y le da más fuerza a la defensa de las políticas de DDHH del Ministerio, entre otras cosas", puntualizaron.

Prohíben la venta del popular calentador SUN

En el marco de los cometidos y poderes jurídicos que le han sido asignados, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) ha dispuesto la prohibición de la comercialización del calentador de agua instantáneo conocido por su marca SUN.

El SUN (Soy Una Novedad), fue inventado por el uruguayo Carlos Caggiani, en los años '70, actualmente residente de en los EEUU.

Según la resolución 31/010, del 2 de febrero de 2010, emanada de la Comisión Directora de la Ursea, la prohibición se basa en que este tipo de calentador de agua no cumple con los requisitos esenciales de seguridad establecidos en el Reglamento de Seguridad del Equipamiento Eléctrico de Baja Tensión (Rseebt), ya que no permite asegurar en su uso previsto la protección de las personas contra choques eléctricos.

Bordaberry condenado por "atentado a la Constitución" y por "homicidio político"

La jueza penal de 7º Turno, Mariana Mota, dispuso la condena del ex dictador por once de los crímenes perpetrados durante su período al frente del proceso cívico-militar, entre ellos, el "homicidio político" de Fernando Miranda y Ubagesner Chaves Sosa, y la "desaparición forzada" de Arpino Vega, Luis Eduardo González González, Juan Manuel Brieba, Carlos Arévalo, Julio Correa Rodríguez, Otermin Montes de Oca, Horacio Gelós Bonilla y Eduardo Bleier.

En este sentido, la tipificación adoptada por la jueza Mota en los casos de Chaves Sosa y Fernando Miranda implica la primera imputación por el artículo 20 de la Ley Nº 18.026. "El homicidio se califica de político cuando se da muerte a una persona por un agente del Estado o con su autorización, apoyo o aquiescencia, en virtud de las actividades u opiniones políticas, sindicales, religiosas, culturales, de género, sindical, religiosa, o por la pertenencia a un grupo social o con identidad propia fundada en motivos de género", detalla la magistrada. Asimismo, avala la imputación de desaparición forzada, como delito de lesa humanidad.

CONTEXTO SOCIAL Y POLÍTICO

La sentencia de la jueza Mariana Mota hace un racconto sobre la situación política y social existente en Uruguay sobre fines de los '60 y principios de los '70, en un contexto de crisis económica y descontento popular, en los cuales se produce la irrupción de movimientos guerrilleros, principalmente el MLN-Tupamaros.

En este sentido, "en la madrugada del día 27 de junio del año 1973 y mientras en la calle se observaba un gran despliegue militar con presencia de éstos en diversos puntos de la capital e Interior y monopolizando los medios de comunicación, se difundió el texto del decreto Nº 464/73", por el cual se disolvían las Cámaras y se creaba el Consejo de Estado, expresa la jueza.

El golpe de Estado provocó "la convocatoria por parte de la CNT a una huelga general", ante lo cual se decretó "la ilegalidad de la central de trabajadores" y se dispuso "la detención de sus dirigentes", produciéndose "detenciones masivas (...) despidos en empresas privadas y sumarios en sector público", la ilegalización de organizaciones políticas y gremiales, la clausura de órganos de prensa y la intervención de la Universidad de la República.

"La alta cantidad de personas detenidas, en su mayoría militantes sindicales y estudiantes, obliga a habilitar lugares de reclusión tales como el Cilindro Municipal y el establecimiento del Frigorífico del Cerro", así como se inicia "un proceso de exilio, miles de personas se van del país motivadas por la falta de trabajo o la persecución política", señala.

Las personas detenidas "permanecían por tiempo indeterminado en los lugares de detención sin enterar a juez", "no se informaba a los familiares las causas de la detención" ni su paradero y, "en su inmensa mayoría, los detenidos eran sometidos a crueles torturas y apremios físicos de diversa índole lo que les producía graves y gravísimas lesiones", determinándose su fallecimiento o su desaparición.

"En el período comprendido entre el año 1972 y 1974 se produjo el 48 % de las detenciones de personas por razones políticas y entre el año 1975 y el año 1977 se encarceló a un 32 % de los uruguayos por iguales motivos", y fue el período donde se produjeron "la mayor cantidad de desapariciones y de muertes, tanto en enfrentamientos como en los lugares de detención", expresó la jueza.

En este sentido, Bordaberry "conocía la situación de vulneración de los derechos individuales de sus conciudadanos, por orden de qué agentes del Estado se ejecutaba y de qué forma y con qué finalidad se llevaba a cabo lo que resultó ser una práctica sistemática", y nada hizo para evitarlo, evaluó la jueza.

DESAPARICIÓN Y HOMICIDIO

La jueza Mariana Mota condenó al ex dictador por la "desaparición forzada" u "homicidio político" de once ciudadanos uruguayos, aunque "no fueron los únicos casos ocurridos en el período de la presidencia del enjuiciado", puesto que existen otros procesos abiertos en distintos estrados judiciales uruguayos.

La magistrada condenó a Bordaberry como "co-autor", puesto que "en su calidad de funcionario público debía impedir, esclarecer o penar el delito, ello en el entendido que no se refiere a que él directamente impidiera o esclareciera o penara tales acciones ilícitas pero era quien podía, en el ejercicio de su cargo, determinar que se cesara en tales acciones". Sin embargo, "en lugar de realizar las acciones antes señaladas, su actuación se dirigió a ampararlas", expresó la magistrada.

"La calidad de primer funcionario del Presidente de la República lo sitúa como un funcionario con la jerarquía suficiente como para (...) disponer el esclarecimiento y antes impedir la comisión de los ilícitos de marras". Asimismo, como primer funcionario del Estado "no es creíble que ignorara que entre el período de mayo de 1972 hasta mayo de 1976 murieron 29 personas a consecuencia de las torturas -dato conocido a nivel internacional-", más allá de atribuirle la responsabilidad de la lucha contra la "subversión" a las FFAA, expresó la jueza

"El Uruguay, previo a la presidencia de Bordaberry ya presentaba un panorama sombrío. Se producían detenciones numerosas, se torturaba y se moría en la tortura. (...) Las detenciones de cientos de personas, su alojamiento por meses en unidades militares y los abusos tortura física y psíquica a los que eran sometidos eran de público conocimiento", aseveró la magistrada.

"En este escenario, cabe concluir que el enjuiciado conocía no sólo la condición preexistente a su asunción al cargo sino también los hechos de conculcación de los derechos humanos que se sucedieron y multiplicaron durante su período de gobierno. Nada hace suponer, ni lo ha acreditado la defensa del enjuiciado, que le hubiera sido retaceada información de tal aspecto", indica.

"Bordaberry integraba el Cosena y en su ámbito se discutía y resolvía las medidas que el organismo consideraba adecuadas para la seguridad nacional por lo que, sabiendo la situación en que recibía el país y los resultados de la comisión investigadora del Parlamento, podía pedir información de la situación de los detenidos y en su caso disponer la modificación de aquellos aspectos que vulneraban los derechos humanos".

Además, tampoco puede afirmarse que las FFAA "le ocultaron deliberadamente información", puesto que "su relación con los militares era armónica y de ello dan cuenta las reuniones que mantenía con éstos, así como los mensajes de apoyo a la gestión por éstos realizada", detalla la magistrada.

ATENTADO A LA CONSTITUCIÓN

El ex dictador Juan Maria Bordaberry fue procesado el 20 de diciembre de 2006 por la entonces jueza penal de 7º Turno, Graciela Gatti (hoy jueza Especializada en Crimen Organizado) por "reiterados delitos de homicidio muy especialmente agravados en calidad de coautor", pero en dicha oportunidad se rechazó la imputación de "atentado a la Constitución", al entender que el mismo estaba "prescripto".

Sin embargo, la jueza Mota accedió al pedido de la fiscal Ana Maria Tellechea y condenó al ex dictador por encabezar el Golpe de Estado de 1973, atendiendo la disposición del artículo 117 del Código Penal. "El delito de atentado contra la Constitución prevé una pena que parte de un mínimo de diez años de penitenciaría pudiendo alcanzar hasta treinta años", por lo cual la prescripción operaría "a los veinte años", entendió la magistrada.

"No habiéndose verificado el funcionamiento del Estado de Derecho en el lapso comprendido entre 1973 a 1985, período en el cual el Poder Judicial se vio privado de sus características esenciales (...) al ser sometido al Poder Ejecutivo", la prescripción operaría recién en marzo de 2005. La denuncia (avalada por 3.000 firmas) se presentó en 2003, aunque por razones procesales no pudo tramitarse hasta 2006, recuerda Mota.

"Ahora bien, la prueba necesaria para alcanzar los 'elementos de convicción suficiente' a fin de decidir el procesamiento bajo tal imputación era sencilla, bastaba analizar el alcance del Decreto Nº 464 del 27 de junio de 1973 e indagar al encausado respecto a la motivación de tal acto".

"Sin embargo, las actuaciones judiciales se extendieron mucho más allá que el plazo razonable para verificar si Bordaberry había o no atentado contra la Constitución". Incluso, al entender de la jueza "debió resolverse la detención a partir de la denuncia presentada en tanto la prueba de la comisión del ilícito de atentado contra la Constitución se encontraba adjunta al escrito inicial".

A CONFESIÓN DE PARTE...

El "estado de conmoción" de la sociedad uruguaya durante los años indagados "era una realidad objetivamente cierta", más allá de que "las causas de tal estado de situación no es un tema que deba determinarse" en la órbita judicial, expresa la sentencia de la jueza Mota

Sin embargo, "las conductas y eventuales responsabilidades que de las mismas se derivan sí es competencia de la sede y en tal análisis debe concluirse que el contenido del Decreto 464/973 no es un hecho jurídicamente indiferente. Por el mismo se disolvieron las Cámaras, se suprimió el Parlamento y con ello la función legislativa cercenando de esta manera uno de los pilares básicos del sistema democrático, el más importante, la separación de poderes".

"El enjuiciado optó por suprimir el Parlamento y de esta manera el Poder Ejecutivo ya no iba a ser controlado en sus acciones. Esta decisión adoptada libremente, desde que no refirió haber sido coaccionado por nadie (...), le hace responsable de las consecuencias de tal accionar", resaltó la magistrada.

Bordaberry cuestionó el accionar del Parlamento "desde un plano superior, en ello en tanto no se involucra en ninguna de las acciones que describe, como si el presidente de la República estuviera por fuera del Poder Ejecutivo y además éste órgano estuviera libre de toda responsabilidad en el devenir de los hechos".

"Invocando defender la Constitución, modificó la misma sin aceptar ni considerar otras posibles alternativas a las situaciones que invoca como desencadenantes de los problemas en que se hallaba inmerso el país", al mismo tiempo que "la Constitución en modo alguno le habilitaba a tomar la medida que tomó y ello determina de por sí un grave atentado a la Carta Magna por cuanto se atribuyó una competencia que no le había sido concedida en su cargo de presidente", agrega.

Además, el propio Bordaberry afirmó en su declaración judicial "que estaba de acuerdo con el contenido del documento". "La suscripción del Decreto 464/973 que disolviera las Cámaras e instaurara el dominio del Poder Ejecutivo sobre los demás poderes públicos, atribuyéndose competencias que otrora eran exclusiva de los poderes suprimidos, y que diera lugar al dictado de otra serie de decretos que conculcaron todos los derechos de los individuos desde los más esenciales como el derecho a la vida y la libertad (...) requirió para su existencia como tal de la firma del enjuiciado en su calidad de presidente de la República por lo que la autoría de dicho documento es incuestionable", dice la jueza.

Ante esto, y el restante volumen de pruebas recabadas durante la indagatoria, la jueza Mota dispuso la condena de Bordaberry. En este sentido, "la gravedad de los delitos que se imputan justifica sin duda la aplicación de la pena mayor en consideración al número de las víctimas, al grado de lesión de los bienes jurídicos en juego y al nivel de reproche que puede reclamarse del enjuiciado en tanto al cargo que ocupaba de presidente de la República".

miércoles, 10 de febrero de 2010

COCINA ESPAÑOLA





Los hábitos de la madre influyen en el primer año de desarrollo del hijo

Los hijos de madres fumadoras, que no toman ácido fólico, hipertensas o con el hematocrito alto son más propensos a crecer por debajo de lo normal durante el primer trimestre del embarazo. Este fenómeno, según un trabajo publicado en 'JAMA', tiene consecuencias a largo plazo para la salud de los niños.

Durante los tres primeros meses de gestación tiene lugar el desarrollo de los principales órganos del cuerpo. "Los cambios adaptativos ocasionados por un ambiente adverso podrían afectar a la estructura, fisiología y función de algunos de ellos provocando una restricción del crecimiento fetal", señala el artículo.

La longitud del embrión –medida entre la cabeza y las nalgas- se utiliza para calcular la edad fetal. Si se conoce el momento de la fecundación, es posible saber si el crecimiento del niño se está produciendo a un ritmo normal o no, en función de si su altura se corresponde con la esperada para ese momento de la gestación.

Un desarrollo anormalmente lento es una señal de alarma ya que es más probable que el niño nazca de forma prematura o con bajo peso, factores que complican su salud. Hay varios factores maternos que influyen en la salud del recién nacido pero se desconoce si afectan también a los compases iniciales del embarazo.

Una forma de predecir cuándo habrá problemas

Un grupo de investigadores del Centro Médico Erasmus (Rotterdam, Holanda) seleccionó a 1.400 mujeres embarazas de las que se conocía la longitud fetal, el día de la fecundación y a cuyos hijos se les realizó un seguimiento postnatal. Además de estos datos, los autores recabaron información acerca de los factores de riesgo maternos (tabaco, alcohol, uso de ácido fólico, tensión arterial, hematocrito, etnia y otros rasgos socioeconómicos).

Los análisis revelaron que las madres con hipertensión, el hematocrito alto, que fumaban o que no habían tomado suplementos de folato tenían más riesgo de que sus hijos crecieran por debajo de lo normal durante los tres primeros meses de gestación. Una baja longitud fetal estaba asociada a su vez con un aumento del riesgo de parto prematuro, bajo peso al nacer y un tamaño pequeño para la edad gestacional.

Los recién nacidos en estas condiciones experimentan durante los dos primeros años de vida un desarrollo compensatorio. Su tasa de crecimiento supera los valores normales, "un conocido factor de riesgo para la enfermedad cardiovascular y el síndrome metabólico en la edad adulta", señalan los autores.

"Las múltiples asociaciones descritas sugieren que la combinación de ultrasonidos y pruebas bioquímicas como método de cribaje en las primeras fases del embarazo podrían ayudar a identificar a aquellas mujeres con riesgo de sufrir complicaciones el final de la gestación", apunta un comentario publicado en la misa revista.

Cae una red que explotaba a más de 150 mujeres en clubes de Girona

La Policía Nacional detuvo a ocho personas por explotar sexualmente a más de 150 mujeres en dos clubes de alterne de la provincia de Girona durante el año pasado.

Las víctimas eran captadas en su país de origen bajo una supuesta oferta de trabajo en el sector de la hostelería.

En muchas ocasiones, miembros de la organización acompañaban a las chicas en el trayecto hasta Girona y una vez allí, les retiraban la documentación y les informaban de que tenían una deuda económica con ellos, que habían de saldar ejerciendo la prostitución.

Los detenidos controlaban la duración y los precios de los servicios sexuales, las comisiones que recibían las chicas por las consumiciones y la realización de interminables horas de trabajo.

La red insultaba y agredía a las víctimas, les prohibía comer hasta que no finalizaran su jornada laboral y les retiraba el dinero que ganaban.

Los investigadores registraron los dos clubes y detuvieron a siete personas por los presuntos delitos de asociación ilícita, favorecimiento de la inmigración ilegal, contra los derechos de los trabajadores, amenazas o lesiones, y a un camarero por tráfico de drogas.

El dueño de uno de los locales de alterne fue arrestado en el aeropuerto de Girona con una importante cantidad de dinero, cuando pretendía abandonar España con destino a Marruecos.

Tres de los detenidos se encuentran en prisión incondicional, y los otros cinco están afectados por diferentes medidas cautelares.

El instituto coruñés al que la SGAE pedía 95 euros no tendrá que pagar

El instituto coruñés Ramón Menéndez Pidal-Zalaeta no tendrá que abonar un canon de 95 euros por representar 'Bodas de Sangre', después de que la Sociedad General de Autores (SGAE) recibiese este martes la autorización del sobrino de Federico García Lorca para no proceder a este cobro.

Fuentes de esta institución informaron de que es el propio autor —o, en este caso, sus herederos— quien fija la tarifa mínima para que sus obras puedan ser representadas por compañías aficionadas.

Matizaron que la SGAE no tiene capacidad para "perdonar" el cobro de este canon en concepto de derechos de autor.

El sobrino y heredero de Lorca, Manuel Fernández Montesinos, "nos exige la exención del cobro y nosotros obramos en consecuencia", apuntaron desde esta sociedad, y resaltaron que son una "entidad gestora" a la que "a veces se nos exige más de lo que podemos ofrecer".

El pasado 3 de febrero, la vicedirectora del instituto coruñés, Alicia Veres, transmitió su "indignación" ante el hecho "bastante grave" de tener que pagar por hacer una representación escolar, prevista para el 19 de febrero en el Fórum Metropolitano de A Coruña.

Los derechos de representación en exclusiva de este texto pertenecen al Centro Dramático Nacional, que ya había autorizado la representación a este instituto coruñés, al que se comunicó la decisión de Fernández Montesinos, añadieron las fuentes de la SGAE.

También se mostraron "muy satisfechos" porque esta situación se "haya resuelto con un acuerdo feliz", al que, matizaron, "se podría haber llegado igual por la vía del diálogo".

Asimismo, la SGAE manifestó su deseo de que esta función tenga el "mayor éxito" posible y de que el alumnado de este centro "comprenda el valor de la autoría de un texto".

El CGPJ pone en marcha los trámites para suspender al juez Garzón

La Comisión Permanente del CGPJ ha acordado por unanimidad pedir un informe a la Fiscalía sobre si procede suspender cautelarmente en sus funciones al juez Baltasar Garzón.

La decisión se ha tomado después de recibir las dos últimas resoluciones del Tribunal Supremo sobre Garzón: el auto en el que el magistradoLuciano Varela confirma los indicios de que pudo incurrir en prevaricación al tramitar las diligencias por las desapariciones del franquismo y la resolución en la que la Sala Penal le abre un nuevo proceso por prevaricación y cohecho en relación al dinero que solicitó y obtuvo del Banco Santander para que le financiara sus actividades en Nueva York.

La consulta al Ministerio Fiscal es preceptiva y no condiciona la decisión que en el futuro tomará el CGPJ sobre si procede o no apartar ya a Garzón del juzgado o hay que esperar a la eventual decisión del Supremo de sentarle en el banquillo.

La Comisión Permanente del CGPJ ha remitido a la Fiscalía General del Estado todos los autos dictados por el Supremo en la causa abierta contra Garzón para que pueda fundamentar su informe.

El CGPJ tomó esta decisión después de que los abogados Antonio Panea y José Luis Mazón, artífices de una de las querellas tramitadas en el Supremo contra Baltasar Garzón, solicitaran el cese del juez.

Los letrados presentaron el lunes un escrito en el CGPJ en el que aseguran que es "una temeridad o actividad de alto riesgo por parte de los componentes de la Comisión Permanente de ese Consejo el permitir que el magistrado Garzón siga desempeñando sus funciones" y ejerciendo como juez.

La Comisión Permanente del CGPJ está compuesta por los vocalesMargarita Robles, Almudena Lastra, Manuel Almenar y Antonio Dorado Picón y por el presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo,Carlos Dívar.

El 80% de las sentencias de violencia de género condena al agresor

El 80% de las sentencias de violencia de género dictadas por las audiencias provinciales y los juzgados especializados en esta materiacondena al agresor y la mayoría de ellas se dicta con la conformidadde los acusados.

El dato lo ha utilizado esta mañana la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género y vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán, que ha vuelto a insistir en que las mujeres que acusan falsamente a sus parejas o ex parejas son"un porcentaje irrisorio".

"En violencia de género no hay más acusaciones o denuncias falsas que pueda haber en otra clase de delitos", ha sostenido. Así, ha explicado, de las más de 142.000 denuncias que se presentaron en 2008, "menos de 20 podrían ser falsas". Es decir, un 0,01% del total de las denuncias presentadas.

La cifra contrasta con los datos que maneja el juez Francisco Serrano, el polémico magistrado de Sevilla que dijo en EL MUNDO que miles de hombres habían sido "detenidos injustamente por denuncias falsas o infundadas de maltrato". El titular del Juzgado número 7 de Familia de Sevilla –que ha denunciado a Montalbán por injurias y amenazas– ha dicho que "las mujeres del ojo hinchado en la foto existen, pero son el 1%[de las denuncias]".

Serrano acusa al Observatorio de usar datos "sesgados" y utiliza otras cifras de la Fiscalía Superior de Andalucía, que en 2008 incoo casi 10.000 procedimientos. Sobre ellos, se emitieron 1.010 sentencias; 395 condenatorias, 412 absoluciones y 203 condenas de conformidad.Un 90% de las denuncias se archivó o acabó en absolución.

Un caso entre 500

En un desayuno informativo organizado por el Foro de la Nueva Sociedad, Montalbán ha indicado que los datos que utiliza Serrano "no se corresponden con la realidad". Y ha esgrimido el "riguroso" estudio realizado por el CGPJ sobre sentencias dictadas por las audiencias provinciales especializadas que concluye que sólo en un caso de los 530 analizados el tribunal consideró que podría abrirse una investigación por posible denuncia falsa de una mujer contra su compañero sentimental.

Y es que "no podemos confundir" los sobreseimientos, los archivos y las sentencias absolutorias con las denuncias falsas, "en contra de lo que algunos sectores interesados postulan". Los primeros tienen que ver con la retirada de denuncia por parte de la víctima.

"La retirada de la denuncia puede ser por varias razones", ha señalado Montalbán. "Porque la mujer no ha podido desprenderse de la sumisión, por el miedo a perder la custodia de sus hijos o el sustento si depende económicamente del marido. Puede que estécansada del peregrinaje por la policía, Guardia Civil, juzgados, asistentes sociales... más aún si ha tenido que declarar muchas veces sobre su intimidad, en presencia de personas ajenas al proceso".

Según las estadísticas que maneja el Observatorio, 11 de cada 100 mujeres maltratadas se aparta del proceso antes del juicio y no quiere seguir adelante con la denuncia.

"Los porcentajes de renuncias explican en gran parte el número de sobreseimientos, archivos o sentencias absolutorias en nuestros juzgados", ha precisado Montalbán.

Por ejemplo, en los juzgados de lo Penal, que no están especializados, el número de sentencias condenatorias por maltrato en el ámbito familiarbaja hasta el 50%.

Las últimas estadísticas judiciales, adelantadas por la presidenta del Observatorio, apuntan que entre julio y septiembre del año pasado se han realizado 35.270 denuncias, la cifra más alta desde que se tiene registro y que supone 287 denuncias más que en el trimestre anterior.

"No lo vean como un simple número", ha recalcado hoy Montalbán durante el desayuno informativo, "son mujeres con nombres y apellidos, son mujeres a quienes podemos salvar la vida".

URUGUAY: Hay 7% menos de fumadores

En apenas tres años se redujo en 7% la cantidad de personas fumadoras en nuestro país si se comparan los datos actuales (25% del total) respecto a los de 2006 (32%)

Las políticas de salud aplicadas en nuestro país contra el tabaco son particularmente exitosas y los resultados de su aplicación son factor de referencia a nivel internacional. La ministra de Salud Pública, María Julia Muñoz, ha obtenido incluso reconocimientos internacionales por su liderazgo en ese plano.

En términos globales, explicó la ministra, estos indicadores porcentuales se traducen en unas 130.000 personas que han dejado de fumar, mientras que hasta el 75,5% de aquellos que mantienen el hábito está pensando, o tratando, de abandonarlo.

Los datos recientemente divulgados dan cuenta del suceso de esa política, divulgados en la jornada de ayer en el marco de la Encuesta Mundial de Tabaquismo de Adultos (GATS). La información se dio a conocer en la Torre Ejecutiva y en la oportunidad se encontraba presente el presidente de la República, Tabaré Vázquez, de larga trayectoria en la lucha contra el consumo de tabaco.

Explicó la ministra que el 32% medido en 2006 responde a datos relevados por el propio MSP, mientras que esta reducción responde al relevamiento hecho en el marco de la nueva encuesta.

Muñoz precisó que hay que tener en cuenta que no se trata de poblaciones perfectamente iguales, pero sostuvo que de la comparación de registros "podemos decir que se ha producido un descenso de 24% en la prevalencia".

"Si pudiéramos estimarlo en números absolutos de personas diríamos que han abandonado el consumo de tabaco en los últimos tres años 115.000 personas. Si avanzáramos algo más dado que la encuesta GATS trabaja sobre una regulación de 15 años o más es razonable pensar que más de 130.000 personas han abandonado el consumo en estos últimos años", agregó.

"Tenemos la convicción de que la salud de nuestra población ha comenzado a cambiar", indicó la ministra, quien calificó al tabaquismo como "catástrofe sanitaria".

La desagregación de indicadores revela que dentro de esa cuarta parte de la población que es fumadora hay una mayoría de varones. Con variaciones se advierte que esa tendencia se mantiene en todos los segmentos por edades, entre 15 y 65 años.

De acuerdo a pautas fijadas por la Organización Mundial de la Salud, la encuesta se llevó a cabo en los países en los que se registran los mayores niveles de consumo de tabaco, y Uruguay fue incluido para ser evaluado como referente, en cuanto al efecto de la aplicación de las medidas dispuestas por el gobierno en el último quinquenio.

En nuestro país el relevamiento estadístico se hizo sobre 5.581 entrevistas y se registraron los indicadores que marcan esa tendencia a un sostenido descenso en materia de ese tipo de consumo.

En la oportunidad se informó además que el relevamiento en el marco del GATS implica la adopción de una metodología estandarizada a nivel mundial, con una serie de datos que permiten trazar perfiles muy definidos de los fumadores.

En efecto, en la encuesta se incluye el relevamiento de otros datos sobre las características de los encuestados, las modalidades de uso del tabaco, la cesación del consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco ajeno.

Se mide también la evolución de la economía hogareña en relación al consumo de tabaco, así como la relación entre los fumadores y los medios de comunicación, al igual que el conocimiento, actitudes y percepciones acerca del uso de tabaco.

Así las cosas, casi un cuarto de la población desconoce que los cigarrillos light, ultralight o mentolados resultan igualmente perjudiciales que los cigarrillos comunes.

De acuerdo a lo comentado en la víspera por la ministra Muñoz, en toda esta evolución ha sido muy importante la aplicación de medidas de corte sanitario, así como también las limitaciones en materia de publicidad y la mayor carga tributaria que pesa sobre el tabaco.

La encuesta relevó también las conductas de los fumadores y pudo constatar que 48,6% de ellos hizo por lo menos un intento para dejar de fumar en los últimos 12 años, mientras que 54,5% de ese total recibió por lo menos una advertencia de un trabajador de la salud en cuanto a la conveniencia de abandonar el hábito.

La ministra agregó que por lo menos 16,5% de quienes están expuestos al humo de tabaco se encuentra en su puesto de trabajo y que eso es violatorio de la normativa vigente.

Por ello adelantó el MSP abrirá una página web para que las personas puedan realizar denuncias sobre dónde trabajan y sobre quiénes violan la normativa.